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Clubes deportivos tendrán que rendir cuentas sobre socios ante el SAT

Foto(s): Cortesía
Redacción

 Además de los accionistas de las empresas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fiscalizará a los socios de clubes deportivos y sociales, así como de asociaciones civiles.


Las asociaciones deben entregar al SAT los nombres y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada uno de sus socios, según el artículo 27 apartado B fracción VI del Código Fiscal Federal en su Miscelánea Fiscal 2020.


La disposición ha provocado que agrupaciones hayan enviado cartas de aviso a sus integrantes.


"Es una medida más de control del SAT", explicó Bernardo Elizondo Ríos, del despacho Adame Elizondo Abogados, "para así detectar en el futuro si existen discrepancias fiscales o incongruencias entre gastos y los ingresos que le reportan.


"La autoridad puede extender esta puerta de entrada para un acto de fiscalización mayor causando, incluso, molestias cuando las acciones de estos clubes están a nombre de una persona sin RFC, como puede ser la cónyuge de quien la paga".


El 26 de junio, REFORMA publicó que las empresas y asociaciones debían informar al SAT antes del 30 de junio los nombres de sus socios o accionistas con su RFC.

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