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Allanan camino a reforma eléctrica de AMLO; declaran improcedentes suspensiones en su contra

Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

Este jueves el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica determinó que son improcedentes las suspensiones definitivas contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), ordenadas por los jueces Juan Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza, por lo que podrá entrar en vigor lo promovido por el presidente Andrés Manuel López Obrador.


Magistrados del Tribunal determinaron que dicha reforma no causa, por ahora, perjuicio a los productores privados, ya que el artículo tercero transitorio establece un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector, tras ser aprobada por el Congreso de la Unión en meses pasados.


El transitorio tercero refiere: "La Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios".



Por si parte, el magistrado Reyes precisó que las empresas sólo podrán solicitar suspensiones cuando ya existan estas normas, o cuando las autoridades les inicien algún procedimiento de revisión, renegociación o revocación de sus permisos respectivos.


Cabe destacar que en el decreto de reforma publicado el 9 de marzo, ordena privilegiar el despacho de energía generada por plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), incluidas las que usan combustóleo y carbón, por encima de privadas de energías renovables.


A su vez, advierte también a particulares que han obtenido permisos de autoabastecimiento "en fraude a la ley", por lo cual serán revisados los contratos de la CFE con productores independientes que le venden en exclusiva a la empresa del Estado.


Es importante recordar que el 1 de julio pasado, el Segundo Tribunal Colegiado en Competencia Económica resolvió también, por unanimidad, que las suspensiones en definitiva concedidas por Gómez Fierro y De la Peza, deben revocarse y conceder la razón al Estado que impugnó las determinaciones.


Por tanto, ena vez que concluya la última de las suspensiones que concedieron dichos jueces, la reforma a la LIE podrá entrar en vigor, lo cual podría tardar algunas semanas más.


 

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