El Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) obliga a los agentes de la Policía Estatal a privilegiar el diálogo antes que el uso de la fuerza en las movilizaciones y protestas sociales, de acuerdo con la corporación.
Cualquier acción debe estar precedida por el diálogo que la Secretaría General de Gobierno (Segego) mantenga con las organizaciones civiles y sindicales, así como de ciudadanos que decidan manifestarse en las calles.
La actuación de la policía podría emprenderse una vez que la Segego se declare incompetente para atender las demandas del grupo social que se moviliza y las acciones de los manifestantes ponga en riesgo la vida o integridad de terceros.
En el caso de las protestas de profesores de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, según explicaron, generalmente se realizan para presionar a su favor las mesas de negociación que se realizan con el gobierno del estado. Por tanto, la Policía Estatal únicamente se mantiene a la expectativa de las resoluciones a las que lleguen en esas mesas de negociación.
Denuncia de por medio
“Cuando los normalistas tomaron camiones del transporte urbano recientemente, ahí se tomó la decisión de actuar porque hubo una denuncia de uno de los concesionarios y se procedió a recuperar las unidades”.
En el protocolo de actuación policial se establece que inmediatamente que las instituciones policiales que tengan conocimiento de la realización de una reunión en lugares públicos, planearán los operativos necesarios para garantizar el ejercicio de ese derecho, para proteger los derechos de terceros y para reaccionar en caso de que la reunión de torne violenta.
El documento explica que una reunión se considera ilícita cuando se realizan acciones para bloquear vías públicas, impedir el acceso o salida de personas de instalaciones administrativas públicas o estratégicas e inmuebles particulares, obstrucción de un servicio público, impedir el cobro de un servicio.
“En general todo acto que provoque la comisión de delitos o se perturbe la paz pública y la seguridad de los ciudadanos o su patrimonio”.
Mientras que una manifestación es violenta cuando un grupo de personas se encuentra armada o bien, en la petición o protesta que se realiza ante la autoridad se hace uso de amenazas para intimidar u obligar a resolver en el sentido que deseen.
El protocolo precisa que los integrantes de las instituciones policiales al dispersar movilizaciones no violentas, privilegiarán el uso del diálogo evitando el empleo de la fuerza, o si no es posible, lo limitarán al mínimo necesario.
En el caso de manifestaciones violentas, los policías tienen autorizados el uso de armas de fuego sólo en legítima defensa, cuando no se puedan usar medios menos peligrosos y únicamente en la mínima medida necesaria.
