La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la resolución del tribunal electoral local y ordenó regresar a Antonia Natividad Díaz Jiménez, la presidencia del comité directivo estatal del Partido Acción Nacional (PAN) para el periodo 2016-2018.
La sala jurisdiccional estimó correcto que se efectuara el recuento de la casilla en San Pedro Mixtepec, puesto que hay motivo y sustento para ello, pues el acta de la casilla tenía líquido corrector en rubros fundamentales, por lo que se recompuso el cómputo estatal y Luis de Guadalupe Martínez Ramírez perdió la elección.
La resolución subraya que el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) inaplicó los artículos 73 numeral 3 de los estatutos generales del PAN, así como por lo establecido por el artículo 71 del Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales, al resolver, pues menciona una constancia de mayoría y validez de la elección, cuando en la normativa interna no existe ese concepto, demostrando un desconocimiento total de la normativa interna del PAN.
Además precisó que la responsable estimó que el paquete electoral de San Pedro Mixtepec se recontó de manera ilegal y en consecuencia decretó que prevaleciera el resultado asentado en el acta de escrutinio y cómputo de la mesa directiva de casilla, al estimar que fue indebido puesto que la Comisión Jurisdiccional Electoral solamente justificó que el recuento realizado en la casilla de mérito se realizó porque no contenía firma de funcionario de la mesa directiva de casilla.
Corrector en la casilla
Al resolver los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, interpuesto por Luis de Guadalupe Martínez Ramírez y Antonia Natividad Díaz Jiménez, los magistrados señalaron que el testar y la utilización de líquido corrector en el acta de escrutinio y cómputo de mesa directiva de casilla pone en duda fundada el resultado de la elección en la casilla de San Pedro Mixtepec.
