- Se vulneraron los principios de libertad del sufragio, equidad e igualdad
En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) acreditó acciones de violencia política en razón de género en contra de una candidata a la agencia municipal de Estación Almoloya, perteneciente al municipio de El Barrio de la Soledad, región del Istmo de Tehuantepec.
Además, calificó jurídicamente no válida la asamblea de elección celebrada el dieciséis de febrero del año pasado en esa misma comunidad.
En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos JDCI/80/2025, el órgano jurisdiccional confirmó los hechos que vulneraron los principios de libertad del sufragio, equidad en la contienda e igualdad.
De esta manera, el TEEO determinó que un candidato para el mismo cargo de la agencia municipal de Estación Almoloya, cometió actos de violencia contra la actora porque haciendo uso de la violencia psicológica y física, obligó a la candidata y a los miembros de su planilla a abandonar la asamblea, adicionalmente, no permitió el regreso de la parte actora para que se pudiera llevar a cabo la elección.
Además, coaccionó a la regidora de obras de ese municipio para realizar un acta de asamblea a modo, donde él mismo se declaró vencedor.
En la sesión, el Pleno del TEEO también analizó un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), diez Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI) y dos Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Internos (JNI).
