En este ejercicio fiscal Oaxaca recibirá 16 mil 818 millones 121 mil 314 pesos de los fondos generales de participación y de fomento municipal, que tienen por propósito, transferir los recursos correspondientes a las participaciones en ingresos federales e incentivos económicos a las entidades federativas y a los municipios, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y sus anexos.
Del Fondo General de Participaciones a Oaxaca corresponden 15 mil 504 millones 19 mil 269 pesos y del Fondo de Fomento Municipal un total de 1 mil 314 millones 102 mil 45 pesos, de acuerdo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Las estimaciones de las participaciones correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal se realizaron considerando la recaudación federal participable para el año 2018, derivada de la estimación contenida en el artículo primero de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.
La distribución por entidad federativa de dichas estimaciones se realizó considerando los coeficientes aplicables en diciembre de 2017, los cuales se obtuvieron con las fórmulas que establece la Ley de Coordinación Fiscal.
Estos coeficientes serán modificados en junio de 2018, de acuerdo con lo establecido en el artículo séptimo de la Ley de Coordinación Fiscal, una vez que se cuente con la información correspondiente y se aplicarán retroactivamente a partir de enero del presente ejercicio fiscal.
El total de participaciones por los fondos, así como los montos que finalmente reciba cada entidad federativa, pueden verse modificados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto de la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población de acuerdo a la información oficial que dé a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de conformidad con el artículo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal y, en su caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de 2018, motivo por el cual la estimación no significa compromiso de pago.
Conforme al artículo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal, el Fondo General de Participaciones se constituye con el 20 por ciento de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio, más el 80 por ciento del impuesto recaudado en 1989 por las entidades federativas por concepto de bases especiales de tributación, monto que se actualizará, en términos del artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde el sexto mes de 1989 hasta el sexto mes del ejercicio en el que se efectúe la distribución.
