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En Oaxaca, buscan que pobladores sean contratados en obra pública

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La diputada Juana Aguilar Espinoza presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, a fin de establecer la obligación legal de que en la ejecución de obras públicas realizadas bajo la modalidad de administración directa que se llegue a realizar en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como en las zonas consideradas con cierto grado de marginación, las dependencias, entidades o ayuntamientos, contraten mano de obra de los habitantes pertenecientes a dichas localidades.


La iniciativa propone establecer que en los procedimientos de contratación y en los contratos de obra pública se establezca un porcentaje mínimo de mano de obra local que los licitantes deberán incorporar en las obras y servicios a realizarse, la cual no será menor al 50 por ciento de la requerida, tratándose de aquellas que se realicen en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas o zonas consideradas con cierto grado de marginación.


Mano de obra


Asimismo, propone incorporar una fracción 10 bis, al artículo 31 de la ley, para precisar que: El porcentaje mínimo de mano de obra local que los licitantes deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse, la cual no será menor del 50 por ciento de la requerida, tratándose de aquellas que se realicen en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas o zonas consideradas con cierto grado de marginación.


También adicionar una fracción 10 bis, al artículo 51, en el que se señale que: El porcentaje mínimo de mano de obra local que los contratantes deberán incorporar en las obras o servicios a realizarse, la cual no será menor al 50 por ciento de la requerida, tratándose de aquellas que se realicen en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas o zonas consideradas con cierto grado de marginación.


Además de incorporar un artículo 52 bis, para establecer que: En la ejecución de obras públicas realizadas bajo la modalidad de administración directa que se lleguen a realizar en los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas así como en las zonas consideradas con cierto grado de marginación, las dependencias, entidades o los ayuntamientos, tienen la obligación de utilizar la mano de obra de los habitantes pertenecientes a dichas localidades, contratación que se realizará bajo condiciones de empleo justas e igualitarias.

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