Para brindar mayores facilidades al personal en el cumplimiento de sus obligaciones durante la contingencia sanitaria por el COVID-19, el Poder Judicial del Estado amplió al 31 de julio el plazo de presentación de la Declaración de Modificación de Situación Patrimonial y de Intereses, así como de la constancia de Declaración Fiscal que corresponde a titulares de los órganos jurisdiccionales, internos y auxiliares del Consejo de la Judicatura y del Tribunal Superior de Justicia.
Garantizando las condiciones para realizar dicho trámite, las y los interesados pueden efectuarlo de manera digital en el sitio denominado “Tribunal Virtual”, ubicado en la página web del Poder Judicial www.tribunaloaxaca.gob.mx. Además, en atención a la sociedad, sobre información de trámites y servicios, en este período de contingencia sanitaria, se encuentra disponible el servicio de Justiciatel con el número 800 719 22 32.
Para el acceso al sitio web donde se encuentra la interfaz gráfica de la Declaración de Modificación Patrimonial, así como el reporte de percepciones y deducciones, las y los servidores judiciales deberán contar con un identificador de usuario así como un archivo de contraseña encriptado, con el que realizaron sus declaraciones anteriores.
De no haber realizado el registro para la elaboración de declaraciones anteriores, el personal podrá iniciar la activación usando la aplicación Google Authenticator, cuya referencia se encuentra de manera audiovisual en la página oficial.
En caso de extravío del dispositivo móvil en el que se vinculó el Google Authenticator con el “Tribunal Virtual” o de eliminación de la aplicación Google Authenticator, las y los servidores públicos pueden comunicarse al teléfono (951) 501 66 80 extensión 31263 o 31279 en días y horas hábiles, a fin de reactivar el servicio de dicha aplicación y realizar así, su trámite correspondiente.
Esta obligación que deben cumplir los funcionarios judiciales, forma parte de los lineamientos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura; en este sentido, la ampliación del plazo para la realización del trámite virtual, fue derivado del acuerdo general conjunto 8/2020 de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura.
En el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, quienes están obligados a presentar su Declaración son: magistrados; consejeros; jueces; secretario general de acuerdos, ejecutivo, de sala, de estudio y cuenta, de acuerdos de juzgado, auxiliares de consejo; actuarios judiciales; ejecutores; directores; visitadores; mediadores y conciliadores.
Así también, coordinadores; administradores regionales, jefes de unidad, jefes de departamento, jefes de oficina y demás personal que maneje recursos económicos, materiales o humanos, al igual que quienes realicen funciones de fiscalización, practiquen dictámenes, peritajes o custodien información confidencial, sea cual fuere el carácter de su denominación o designación.
Nueva fecha
31 de julio el plazo
Sujetos obligados:
Magistrados
Consejeros
Jueces
Secretario general de Acuerdos
Ejecutivo de Sala, de Estudio y Cuenta, y de Acuerdos de Juzgado
Auxiliares de consejo
Actuarios judiciales
Ejecutores
Directores
Visitadores
Mediadores
Conciliadores
