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SCJN analizará validez de acuerdos entre SEP y S-22; como no ser removidos, aunque salgan mal en evaluación

Foto(s): Cortesía
Redacción

 Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) hizo suya la solicitud de la asociación civil Mexicanos Primero para que el máximo Tribunal atraiga y resuelva en definitiva si los acuerdos firmados por la Secretaría de Gobernación con la CNTE, entre 2013 y 2015, deben ser anulados.


El Ministro José Ramón Cossío asumió este miércoles como propia, en sesión privada de la Primera Sala de la Corte, la solicitud de atracción planteada en octubre pasado por Mexicanos Primero.


Esto quiere decir que Cossío considera procedente la intervención extraordinaria de la Corte para hacerse cargo de la revisión del amparo concedido el 21 de abril de 2016 por el juez federal Martín Santos Pérez, quien afirmó que los acuerdos con la Sección 22 de la CNTE han creado un "régimen de excepción" para el magisterio de Oaxaca, ajeno a las directrices de la reforma educativa.


El amparo fue impugnado por la Segob y actualmente está en el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.


Cossío tendrá que presentar en las próximas semanas un proyecto de sentencia a la Primera Sala, donde los cinco ministros deberán resolver si procede la atracción, por la cual la Corte asume la revisión de asuntos que ordinariamente corresponden a los tribunales colegiados.


El último caso relevante en el que Cossío planteó la atracción, relacionado con la prisión domiciliaria de la ex lideresa magisterial Elba Esther Gordillo, fue rechazado en la Sala por tres votos contra dos.


Si la Corte no atrae el caso, la sentencia final la dictará el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado.


Al conceder el amparo, el juez Santos declaró inválidos seis compromisos con la sección 22 asumidos por el entonces subsecretario de Segob y actual titular de Sedesol, Luis Enrique Miranda, pero dicha invalidez solo se concretará si la sentencia es confirmada.


 


Los compromisos fueron: otorgamiento de plazas docentes en calidad de patrimonio del Sindicato, derecho a no ser removido en razón de un mal resultado en la evaluación, conservación de derechos adquiridos en la Carrera Magisterial, incentivos económicos y promociones por buen desempeño.



 


En su recurso contra la sentencia de Santos, Segob afirma que los acuerdos con la Sección 22 fueron legales, ya que se ajustan a la reforma educativa, según la cual los maestros con plaza permanente antes de 2013, no serán despedidos si reprueban las evaluaciones.


La dependencia también sostuvo que la reforma se está implementando en Oaxaca, y ofreció varios argumentos técnicos por los que considera que el amparo de Mexicanos Primero es improcedente, entre ellos, que no era posible impugnar 23 años después el convenio entre la CNTE y el Gobierno estatal por el que originalmente se otorgaron plazas al sindicato.


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