Las ventajas y desventajas del nuevo sistema de justicia denominado Acusatorio Adversarial fueron comentadas por estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales así como catedráticos de la misma institución al ser dictada la conferencia "El Juicio de Amparo en el Sistema Penal Acusatorio", por el catedrático de esa facultad y especialista en amparo Jesús Matías Hernández.
Las reformas constitucionales de los últimos diez años en nuestro país, han sido para remediar los problemas de inseguridad y de injusticia penal que aquejan a nuestra sociedad, resaltó diciendo el catedrático, pero en algunos aspectos no han sido afortunadas esas reformas y pudiera decirse que son “contrareformas” a la constitución, resaltó categóricamente el conferencista Jesús Matías y es que quienes diseñaron esas reformas no conocían el concepto de la supremacía constitucional, pasaron por encima de los principios constitucionales y comenzaron por el piso de nuestro edificio constitucional para modificar el texto constitucional.
Estudiantes y catedráticos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales acudieron a la conferencia dictada en Ciudad Universitaria.
Por ejemplo, dijo que el sistema acusatorio ya existía en nuestro país desde la constitución de 1917, cuando se introdujo la figura del Ministerio Público en nuestro país, pero esto pasó por alto por los que armaron el nuevo sistema de justicia penal, reiteró el catedrático que éste sistema se llama acusatorio, porque un órgano del estado acusa y otro juzga.
El anterior sistema también fue acusatorio, a parte de que ahora se llaman juicios orales, cuando el anterior sistema también fue oral, porque la oralidad es una forma más clara de darse a entender a través de la expresión oral.
Lo que sucede dijo el catedrático es que ahora el sistema es acusatorio porque se desahoga a través de audiencias que son videograbadas, exponiendo las partes sus argumentos a través de la expresión oral, ya no será escrita como antes. Por eso el catedrático siguió recalcando que ahora ya no se necesita la figura del secretario, la figura del abogado del siglo XXi, ha cambiado.
El ponente dejó claro que no se encuentra en contra de esta nueva forma de impartir justicia, porque ahora los juicios son más rápidos, pero reiteró que hay que seguir respetando los principios constitucionales, por ejemplo, mencionó que la Suprema Corte de Justicia ha emitido un criterio que se llama sospecha razonable que sirve para detener a una persona por su “simple apariencia”, lo cual es muy grave porque la constitución únicamente alude a la detención sin orden judicial por flagrancia, por lo que para remediar esta arbitrariedad se encuentra el amparo, porque aunque se diga que el nuevo sistema penal acusatorio es muy garantista, no lo es, por ejemplo dijo que los juzgados federales se encuentran saturados de amparos en contra de arbitrariedades cometidos en este sistema.
En la actualidad se está intentando que interactúen estos sistemas, lo que se antoja muy difícil, ya que el amparo protege la supremacía constitucional y el sistema acusatorio la legalidad, por lo que dicho sistema se está viendo mermado a través de los criterios que están surgiendo en los amparos, por eso han surgido reformas al sistema acusatorio para intentar moldearlo a la luz de la constitución, por ejemplo, dijo el expositor con la miscelánea penal y de amparo de este año 2016, es un intento de salvar al sistema acusatorio.
Por eso comentó el catedrático Jesús Matías Hernández que es necesario conocer la constitución y después el resto de las leyes, para que esto no suceda, esto se hubiera evitado si se hubiera diseñado desde antes el sistema acusatorio con los principios constitucionales y de los tratados internacionales.
El catedrático y especialista en amparo, Jesús Martín Matías Hernández dictó la conferencia "El Juicio de Amparo en el Sistema Penal Acusatorio".
Citó el caso de que en la Constitución existen 23 casos en que se le puede restringir su libertad a una persona sin orden judicial, pero en el sistema acusatorio existen otros casos distintos a esas 23 posibilidades que refiere la constitución, por ejemplo, los citatorios, el arraigo domiciliario, la prohibición de ir a determinado lugar, etc, son ocurrencias del legislador ordinario que fácilmente se pueden combatir en el juicio de amparo, de hecho dijo el conferencista que así se está haciendo en nuestro país, por eso el sistema acusatorio no está resultando eficiente, dijo.
También cuestionó al procedimiento abreviado, dijo que esta figura fue importada de EE.UU pero con esta nueva forma de impartir justicia se vulnera en forma grave a la constitución, no hay juicio, hay penas sin juicio y los jueces ya no juzgan, este sistema choca con todos los principios universales del derecho penal, como el debido proceso, la no autoincriminación, etc., porque explicó a los asistentes que el procedimiento abreviado es una aceptación de los hechos, eso dijo se llama confesión aunque la Suprema Corte haya dicho que no.
Lo cierto siguió diciendo es que es un juego perverso del estado para evitar el esclarecimiento de los hechos, dijo que el estado nunca ha sido buen investigador por eso ahora este sistema le conviene. El sistema acusatorio continuó diciendo no es un juicio, sino un medio para alcanzar un fin, que es el de que todos los asuntos sean resueltos en este procedimiento abreviado, concluyó.
El ponente agradeció a los asistentes su participación, después de responder a algunas preguntas que le hicieron llegar, les comentó que el próximo año, se incrementarán estas conferencias en materia de amparo, porque ellos serán los nuevos defensores de la patria, los defensores de los Derechos Humanos, pero es necesario que ellos conozcan la grandeza de la mejor institución que nuestro país tiene, se llama amparo.
La conferencia fue organizada por la Dirección de la Facultad de Derecho a cargo de Miguel Ángel Vásquez Ramírez.
