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Pese a pérdida de empleo, no se suspenderá la pensión alimentaria

Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

La pensión alimenticia es un derecho establecido en la ley que garantiza a los hijos e hijas de parejas separadas o divorciadas el acceso a alimentos, ropa, calzado, medicamentos, educación y esparcimiento. Ya sea monetario o en especie, los recursos que deben ser garantizados por la madre o el padre que no posee la guarda y custodia, no pueden ni deben interrumpirse a pesar de los retos que se enfrentan por la pandemia del Covid-19.


La abogada feminista integrante del Grupo de Estudios Sobre la Mujer Rosario Castellanos (GESMujer), Montserrat Rosario Avendaño, explicó que, si bien en un primer momento el Poder Judicial de Oaxaca suspendió todas sus actividades debido a la etapa de distanciamiento social, actualmente existen mecanismos que permiten no violentar los derechos de la niñez.


Durante el período de emergencia sanitaria, en cada uno de los juzgados en materia Familiar o Mixtos que conozcan de la materia, así como en todos los órganos administrativos dependientes del Poder judicial del Estado, tienen asignada una guardia física rotativa para atender los trámites o asuntos de carácter urgente.


En el módulo del Fondo para la Administración de Justicia que se ubica en el edificio de los Juzgados Civiles y Familiares, en el Ex Marquezado, en Oaxaca de Juárez, también hay una guardia física que atenderá la recepción del pago de las pensiones alimenticias, así como la entrega a los acreedores alimentarios de las ordenadas judicialmente.


La pérdida de empleo -agregó- tampoco es un impedimento para que las personas obligadas cumplan, pues hay que considerar que las y los hijos requieren de alimentos de manera diaria y su derecho es que se les garanticen.


“Hemos oído a muchas mujeres preguntando ¿qué van a hacer? porque sus exparejas les han dicho que los despidieron y que no tienen para aportar; lo anterior no es una justificación”, indicó


Indicó que la madre y el padre pueden llegar a un acuerdo. “Habrá personas que argumenten: no tengo, pero sí pueden entregar un porcentaje de dinero o hacerlo en especie, por ejemplo, productos de la despensa”.


La abogada apeló a que los hombres deudores alimentarios vayan voluntariamente y de buena fe depositen lo correspondiente porque al final de cuentas es para sus hijas e hijos. 

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