A partir de esta semana, los cuerpos de las personas muertas por COVID-19 no podrán ser velados ni en domicilios ni en funerarias; tendrán que ser inhumados o cremados de manera inmediata.
Y es que, con fecha del 8 de abril, el gobierno del estado estableció el “Acuerdo por el que se expiden los lineamientos generales para el manejo seguro, traslado y disposición final de cadáveres por Covid-19”, que será publicado este lunes en el Periódico Oficial del Estado.
El titular de la dirección de regulación y fomento sanitario de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), Ignacio Zárate Blas, precisó que éste detalla que el cadáver será entregado en bolsas de plástico biodegradables y herméticas, una vez recibida por la funeraria no podrán realizarle ningún embalsamiento es decir arreglar el cadáver.
El cuerpo será introducido de manera directa en el ataúd para su inmediata inhumación o cremación.
Además, que no están autorizados servicios de velación en las funerarias ni que presten servicio de velación en domicilios particulares.
Las autoridades sanitarias deberán de adoptar todas las medidas pertinentes para que la inhumación sea lo más pronto posible, explicó.
“Esta es una situación emergente, algo que no estaba contemplado. Por arriba del bien individual tiene que estar el bien común, el bien de la sociedad, el bien de la comunidad y ese llamado hacemos para que ellos puedan entender que son medidas necesarias, indispensables para poder garantizar que podamos evitar el contagio y tener posibilidad de mayor transmisión en los pueblos y municipios”, destacó.
Los lineamientos -expuso- fueron diseñados pensando en el riesgo epidemiológico que hay por la manipulación de los cadáveres.
Equipo de protección
En este sentido el personal de las funerarias también tendrá que contar con el equipo necesario para evitar contagiarse como es el uso de gafas de protección, mascarillas del 95, guantes de nitrilo, delantal o en su caso overoles desechables.
Hasta ayer por la noche el número total de personas fallecidas por COVID-19 desde el primer caso de contagio, era de tres.
Las medidas para el manejo de los cuerpos, también establecen sanciones por incumplimiento.
En el caso de que la funeraria no se apegue podría ser sujeto a suspensión temporal o la clausura.
Por otro lado, agregó, también quedó estipulado que en su caso las autoridades omisas quedarán sujetas a la ley de procedimientos y responsabilidades administrativas.
Será la autoridad municipal la que tendrá que establecer las sanciones a la ciudadanía dentro de su jurisdicción con la autonomía que tienen.
“Más que una acción coercitiva esto es un llamado a la conciencia de toda la sociedad”.
