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Pone IMSS tope a pensiones

Foto(s): Cortesía
Agencia Reforma

CIUDAD DE MÉXICO.- El Consejo Técnico del IMSS ratificó por unanimidad el criterio que aplica el Instituto para determinar como límite superior de cotización 25 salarios mínimos para el pago de las pensiones.


Esta decisión se tomó en la sesión extraordinaria que realizó el órgano del Seguro Social el miércoles y se ampara en la Ley del Seguro Social vigente al 30 de junio de 1997.


El director jurídico del IMSS, Antonio Pérez Fonticoba, presentó el proyecto que establece que las direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Económicas y Sociales, y de Administración llevarán a cabo las acciones normativas y administrativas necesarias para cumplir este acuerdo, informó el Instituto a través de un comunicado.


También se pidió a las direcciones normativas del Seguro Social que brinden el apoyo necesario para alcanzar los objetivos de este criterio.


En la sesión extraordinaria, encabezada por Zoé Robledo, director general del IMSS, se llegó a este acuerdo luego que la Jurisprudencia por contradicción de tesis de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicada el viernes 24 de enero, fijara en 10 salarios mínimos la base para cuantificar las pensiones.


Generación de "transición": ¿quiénes son?


En México existen dos leyes que determinan el esquema de pensión de los trabajadores formales afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): la Ley del Seguro Social de 1973 y la de 1997, correspondiente al sistema de Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).


Los trabajadores que pertenecen a la "generación de transición" son los que ya cotizaban antes del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor la reforma de las Afores. Tienen dos opciones para su retiro: pedir una pensión pagada a través del IMSS y financiada por el gobierno y las aportaciones de cesantía y vejez, en los términos de la ley del 73, u optar por lo que se haya acumulado en su Afore, conforme lo establece la ley del 97.


¿Cuánto te toca?


Dependiendo de la edad en la que te retires, te otorgarán un porcentaje de la pensión que te correspondería si esperaras hasta los 65 años de edad. Pero la pensión no sólo es un porcentaje por edad, sino que es un cálculo actuarial que reconoce los aportes y distribuye entre los participantes a través de cuantías básicas y adicionales que se ganan cotizando y de acuerdo con el salario de cotización.


Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial. 


La ley derogada y los topes


La Ley del 73 del IMSS está derogada, por lo que no puede ser retroactiva o modificada a favor ni en contra de las personas. En ésta se establece como tope de pensión 10 salarios mínimos. Pero con el cambio a la Ley del 97 el tope subió a 25 salarios, por lo que el IMSS decidió utilizar ese criterio también para el nivel máximo de la pensión de la "generación de transición".


La Ley del 73 dice que las pensiones aumentan en la misma medida que sube el salario mínimo. Como éste subió 16.21 por ciento en 2019 y 20 por ciento este año, de 102.68 a 123.22 pesos diarios, entonces algunos pensionados han querido aprovechar estas alzas y han presentado controversias.


Lo que determinó la Suprema Corte


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indicó el pasado 24 de enero que aquellos trabajadores que entraron a laborar antes de 1997 deben decidir el régimen de pensión al cual van a sujetarse. El máximo tribunal del país reiteró su criterio emitido desde 2010 con el cual considera las siguientes opciones:


Si el trabajador decide acogerse al régimen de 1973, el tope aplicable es el de 10 veces el salario mínimo a su pensión que obtiene de manera vitalicia.


Si el trabajador opta por el régimen de 1997, actualmente vigente, le aplicará el tope de 25 veces el salario mínimo a su pensión, hasta el límite de lo ahorrado en su cuenta individual, es decir, de lo acumulado en su Afore.


No obstante, la tesis emitida por la SCJN no es de aplicación obligatoria, es decir, no es una jurisprudencia de aplicación general, sino que aplica sólo para los trabajadores que demanden al IMSS, al estar inconformes con el cálculo de su pensión.


Lo que decidió el IMSS: aplica el tope de 25 salarios


El Seguro Social tiene su propia ley y normatividad, y la Suprema Corte no hace leyes, sino que las interpreta. El IMSS descartó que la resolución de la Segunda Sala de la Corte implique una reducción en el cálculo de las pensiones por parte del Instituto, por lo que aseguró que continuará pagando a la "generación de transición" con un tope de hasta 25 salarios mínimos y no sólo 10.


La resolución del Comité Técnico del IMSS no es por llevar la contraria a la jurisprudencia: el cálculo a 25 salarios fue principalmente porque en la nueva ley se cotiza a 25 salarios límite y genera congruencia con lo que se otorga. El Instituto no descarta la jurisprudencia; reconoce que se aplica en controversias.


Lo que dice la ley:


De acuerdo con la ley del 73, las pensiones aumentan conforme aumenta el salario mínimo


Determinación de la Corte


*10 veces el salario mínimo es el tope aplicable a la pensión vitalicia del trabajador que decide acogerse al régimen de 1973

*25 veces el salario mínimo es el tope de la pensión vitalicia para el trabajador que opta por el régimen de 1997, hasta el límite del monto de su Afore


 


Darán  Afores pensión sólo al 1% 


En 2021, la primera generación de trabajadores que pueda retirarse con el ahorro de su Afore, unas 75 mil personas verán ante sí un negro futuro.


Sólo el uno por ciento de ellos, 750 trabajadores, tendrá el tiempo de cotización suficiente para alcanzar una pensión, según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).


Para pensionarse con los recursos de la Afore, la ley vigente desde 1997 exige cotizar mil 250 semanas, es decir, 24 años en el sector formal.


Para las siguientes generaciones de trabajadores que se retirarán con lo que tengan en su cuenta de Afore, el futuro no es diferente.


Vela expuso que según las estimaciones de Consar, basadas en estadísticas y comportamiento de las más de 60 millones de cuentas que actualmente administran las 10 Afores, de 2021 a 2100, sólo 26 por ciento de los trabajadores alcanzarán las mil 250 semanas.


Los 75 mil trabajadores que forman parte de la primera generación de trabajadores, iniciaron con su cuenta de Afore a los 41 años y en 2021 cumplirán los 65 años de edad, uno de los requisitos para el retiro.


Sin embargo, el 99 por ciento no tendrá el tiempo de cotización exigido.


Estos trabajadores no tendrán otra opción de pensión, pues comenzaron su ahorro en una Afore y no los ampara la derogada Ley del IMSS de 1973.


Al tramitar su retiro, les entregarán una negativa de pensión y recibirán en una sola exhibición el ahorro que acumularon mientras cotizaron y se les descontará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente.


Y en esa primera generación de "aforados", la Consar contabiliza que sólo serán 50 personas las que tendrán acumulado en su Afore más de 700 mil pesos. Es decir, una suma suficiente para contratar una renta vitalicia con una empresa administradora de pensiones.


El resto de los trabajadores que se encuentran dentro de ese uno por ciento -unos 700- requerirá que el gobierno le complete para alcanzar una pensión mínima garantizada de 3 mil 199 pesos mensuales.

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