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Por vencer plazo para dejar de usar pet

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

En 15 días vence el plazo que la 64 legislatura estatal otorgó a las medianas y grandes empresas que comercializan directamente al consumidor final, así como a las empresas de cualquier tamaño que distribuyan antes de su venta al consumidor final productos con envases de tereftalato de polietileno destinado a agua o bebidas (pet), así como otros productos con poliestireno expandido (unicel).


Según reformas a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, aprobadas por el pleno del Congreso el 10 de abril del 2019 y publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el 28 de junio del mismo año, las empresas cuentan con 6 meses contados a partir de la publicación del decreto.


El artículo transitorio quinto establece: las medianas y grandes empresas que comercialicen directamente al consumidor final, así como a las empresas de cualquier tamaño que distribuyan antes de su venta al consumidor productos con los envases o embalajes previstos en las fracciones XI y XII del artículo 98 contarán, para el cumplimiento de esas obligaciones, con un periodo de gracia de 6 meses contado a partir de la publicación del decreto.


En caso de no cumplir con esta disposición se sancionarán de acuerdo al Título Noveno de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, que establece: las infracciones establecidas serán sancionadas administrativamente por el Instituto Estatal de Ecología de Oaxaca; y/o la autoridad municipal correspondiente. 



En este caso podrían ser multados por el equivalente de 10 a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el estado.


Si una vez vencido el plazo concedido por el Instituto y/o la autoridad municipal correspondiente, para subsanar la o las infracciones, resultare que éstas subsisten podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato.


Además, se establece que cuando la gravedad de la infracción lo amerite, el Instituto y/o la autoridad municipal correspondiente, solicitará a la autoridad federal, estatal o municipal, la suspensión, revocación o cancelación de la concesión, permiso, licencia y en general de toda autorización otorgada para la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios que haya dado lugar a la infracción.

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