El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) señaló que es improcedente revisar, otra vez, el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) a través del cual quitó el registro a los partidos Social Demócrata (PSD) y de Mujeres Revolucionarias (PRM).
En la sentencia del Recurso de Apelación número RA/07/2019, los magistrados determinaron este viernes que este asunto es "cosa juzgada".
Recordaron que el 20 de febrero de 2019, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este caso.
"La cadena impugnativa respectiva se agotó con el dictado de la sentencia correspondiente al expediente SUP/REC/32/2019 del índice la Sala Superior que determinó desechar el recurso de reconsideración", estableció esta resolución del TEEO.
"Cuando se desecha una demanda con sustento en la causa de improcedencia cuya naturaleza hace inejecutable una nueva acción contra el mismo acto y autoridad, opera el principio de cosa juzgada", agregó.
El dirigente del extinto PSD, Manuel Pérez Morales promovió ante el Tribunal Electoral de Oaxaca este nuevo recurso de apelación, a través del cual intentó que se invalidara el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral número IEEPCO-CG-02/2019, en el cual se aprobó la pérdida del registro de su partido y del PMR.
En las consideraciones expuestas en esta resolución del TEEO se recordó que la Sala Xalapa del TEPJF validó el 7 febrero, a través de la sentencia del juicio número SX-JRC/354/2018, la decisión de los consejeros del IEEPCO en el sentido que el PSD y PRM no alcanzaron el 3 por ciento mínimo de la votación estatal requerida para conservar su registro.
En esta ocasión, los magistrados de Tribunal de Oaxaca consideraron que la impugnación presentada por Pérez Morales es idéntica a la ya resuelta por la Sala Ragional Xalapa.
"Guarda vinculación con los agravios planteados en el presente recurso de apelación pues se trata de actuaciones derivadas de la misma causa, con el mismo contenido jurídico y que tiene efectos materiales iguales", expusieron.
En la sesión celebrada este viernes, por unanimidad, los magistrados del TEEO desecharon la impugnación del dirigente del PSD.
De acuerdo con los resultados finales del proceso electoral local de 2018, el Partido Socialdemócrata obtuvo el 1.11 por ciento de la votación estatal en la elección de diputados locales; y el 2.9 en la de presidentes municipales.
Seis intentos
Desde que perdió el registro, el dirigente del PSD ha presentado seis recursos ante los tribunales electorales de Oaxaca, la Sala Xalapa y Sala Superior del TEPJF; para anular el acuerdo del IEEPCO que le quita el registro.
Salvo la primera impugnación resuelta por el Tribunal de Oaxaca, que le dio la razón a Manuel Pérez Morales; en el resto, se ha confirmado la decisión del Instituto Electoral de Oaxaca.
