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Habrá descuentos en pago de impuestos para la Iniciativa Privada en Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El gobierno del estado exentará del pago del impuesto por el servicio de hospedaje y otorgará un 25 por ciento de descuento al impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo a las empresas que tengan de 1 a 10 empleados en el ejercicio fiscal 2021, de acuerdo al proyecto de Presupuesto de Ley de Ingresos.


El documento señala que las personas físicas, morales o unidades económicas que presten servicios de hospedaje en el estado, obtendrán el 100 por ciento de descuento sobre el impuesto causado en el primer bimestre del ejercicio fiscal 2021, siempre y cuando se encuentren al corriente en sus obligaciones de este impuesto. El Sistema de Ingresos del Estado de Oaxaca, una vez presentada la declaración en tiempo y forma, emitirá la declaración y aplicará el estímulo otorgado.


Para acceder a este beneficio los contribuyentes deberán: realizar la declaración del impuesto del primer bimestre en el Sistema de Ingresos del Estado de Oaxaca (SIOX) a más tardar el 17 de marzo del ejercicio fiscal 2021.


Además, se otorgará estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal durante el ejercicio fiscal 2021, cuando se encuentren en los supuestos siguientes: microempresas que tengan de 1 a 10 trabajadores 25 por ciento; y pequeñas empresas con 11 a 50 trabajadores, el 10 por ciento


Para ser beneficiario del estímulo deberán cumplir con lo siguiente: estar al corriente en el pago de los impuestos estatales, conforme a las leyes fiscales correspondientes, y que el número de trabajadores que se declara, no sea inferior al del bimestre inmediato anterior.


Asimismo, se otorgará estímulo fiscal del 50 por ciento en el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal a favor de las personas físicas, morales o unidades económicas que inicien operaciones empresariales en el ejercicio fiscal 2021, dentro del territorio del estado de Oaxaca y generen más de 50 empleos directos. Este beneficio se aplicará durante los dos primeros años de calendario en los que realicen sus operaciones, durante el tercer año de calendario, el estímulo será del 25 por ciento.


El Estímulo deberá solicitarse a partir de la fecha de incorporación en el Registro Estatal de Contribuyentes. No quedan comprendidas las empresas que con anterioridad al año 2021 se encuentren operando, ni aquellas que provengan de escisión o fusión de sociedades, cambien de nombre o razón social, de domicilio, actividad o traspaso de la empresa.


Las dependencias e instituciones de la administración pública federal, estatal y municipal que se encuentren obligadas a realizar el entero del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal y/o retención del mismo, referidos en el artículo 64 párrafos primero, quinto y sexto de la Ley Estatal de Hacienda y que no hubieren cumplido con estas obligaciones, se les otorgará durante el ejercicio fiscal 2021 un estímulo fiscal del 100 por ciento en recargos y multas generados durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.


A las personas físicas, morales o unidades económicas sujetas al pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, del sector privado que hayan disminuido sus ingresos en un 50 por ciento o más, durante el ejercicio fiscal 2021 en comparación con los ingresos del ejercicio fiscal 2019, respecto de los mismos periodos a declarar, obtendrán un estímulo fiscal del 50 por ciento respecto del impuesto causado y el 100 por ciento en recargos y actualizaciones generados en el bimestre que corresponda.

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