Tras la demanda presentada por Jesús Manuel Soledad Terrazas en marzo de 2022 contra Ticketmaster para aclarar políticas de compra y el reembolso de boletos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la publicación de políticas de compra en línea no garantiza que los consumidores acepten, exigiendo que estas sean comunicadas de manera clara y precisa al momento de la transacción. A continuación, te explicamos en qué consiste la resolución de la SCJN.
Por unanimidad, los cinco integrantes de la Sala aprobaron el proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, quien destacó que los consumidores se encuentran en una posición de desigualdad frente a los proveedores, ya que, al tratarse de contratos de adhesión, no participan en la elaboración de las cláusulas. Esto implica la necesidad de garantizar que los usuarios conozcan las condiciones completas al momento de otorgar su consentimiento.
Esto se sabe del caso
La resolución se originó a raíz de la demanda presentada por Jesús Manuel Soledad Terrazas, quien en marzo de 2022 adquirió boletos VIP para el Festival Tecate Pal Norte por un monto de 20 mil pesos mediante tarjeta de crédito, utilizando la opción will call para recogerlos en un punto de venta.
Sin embargo, al intentar recoger las entradas, no se las entregaron porque debía realizar un pago adicional de 10 pesos con la misma tarjeta utilizada para la compra, como medida para autenticar la transacción y prevenir fraudes. Esta condición no fue claramente informada en el portal de compra, lo que motivó a Soledad Terrazas a demandar a Ticketmaster exigiendo el reembolso del costo de los boletos, el pago de intereses, y una compensación por daño moral y daños punitivos.
En instancias anteriores, jueces y magistrados fallaron a favor de la empresa argumentando que las políticas estaban publicadas en su sitio web. No obstante, la SCJN revocó estas sentencias al considerar que la mera publicación de dichas políticas no es suficiente para cumplir con la obligación de informar de manera clara y precisa.
Esto resolvió la SCJN
La SCJN devolvió el caso al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito para que emita una nueva resolución con base en lo dictaminado. Según el fallo, es indispensable que el consumidor tenga acceso visible y completo a las políticas y condiciones del contrato al momento de manifestar su consentimiento.
La ministra Ríos Farjat enfatizó que este tipo de prácticas ponen en desventaja al cliente, especialmente en contextos donde los contratos de adhesión no permiten negociación.
