Al resolver un juicio de amparo, el Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca ordenó al Congreso de la Unión elaborar la Ley Reglamentaria del artículo 29 de la Constitución Política federal, para establecer los casos y condiciones en que pueden suspenderse los derechos humanos en México.
El presidente de Litio Estratégico Indígena, Carlos Morales Sánchez, promovente de ese procedimiento de control judicial, expuso que presentó el juicio de amparo 332/2020 porque el Congreso de la Unión no ha construido ese ordenamiento jurídico, a pesar de vencer el plazo de un año otorgado por la reforma constitucional.
“La reforma fue aprobada el 10 de junio de 2011 y el término venció el 10 de junio de 2012”, asentó.
Explicó que el artículo 29 de la Constitución Política federal dispone que en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro para poner en grave peligro o conflicto a la sociedad, solamente el Presidente de la República, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación.
Subrayó que en la demanda de amparo promovida, Litigio Estratégico Indígena argumentó que es impostergable contar con una ley donde se establezca la suspensión de derechos humanos, pues durante la pandemia de COVID-19, el Consejo de Salubridad General, algunos gobernadores de los estados y presidentes municipales suspendieron de facto los derechos humanos sin estar facultados para ello.
“Algunos gobernadores y presidentes municipales establecieron verdaderos estados de sitio, al establecer toques de queda y retenes en los accesos a las comunidades”, señaló.
Morales Sánchez dijo que el Congreso de la Unión, después de recibir la notificación del Juzgado Décimo Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca, tiene 10 días para presentar una eventual impugnación, para ser conocida en segunda instancia por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
