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Ley Olimpia es aprobada en el Senado para tipificar violencia digital contra las mujeres

Foto(s): Cortesía
Redacción

CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno del Senado aprobó ayer, por unanimidad, la "Ley Olimpia" para tipificar la violencia digital y mediática contra las mujeres y garantizar su derecho a la justicia.


Con 87 votos en favor, los senadores acordaron incorporar en el Código Penal, los delitos que asoman con la difusión de mensajes íntimos de carácter sexual de niñas, adolescentes y mujeres en general.


La nueva tipificación castigará con hasta seis años de prisión a quienes difundan imágenes con contenido sexual en las redes sociales y medios de comunicación que las retomen.


De acuerdo con el dictamen la "violencia mediática es todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discursos de odio sexista,  discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, y que les cause daño psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida".


La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, la morenista Malú Micher, consideró que se trataba "de una modalidad de violencia muy contemporánea que impacta en la dignidad de las mujeres, pero ahora se garantiza a niñas y adolescentes que tengan garantizados su derecho a la justicia.


La reforma avalada pasará a la Cámara de Diputados para su ratificación.


El origen


La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla; derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 17 entidades federativas.

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