La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró Constitucional que los cuerpos policíacos puedan llevar a cabo revisiones a personas y vehículos sin contar con mandamientos judiciales.
Esto luego de avalar las normas del Código Nacional de Procedimientos Penales para catear sin orden cuando exista sospecha razonable o flagrancia y no por la apariencia física de un ciudadano.
La SCJN desechó así los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, en las cuales cuestionaban la legalidad de los preceptos que permiten que los cuerpos policiacos lleven a cabo revisiones a personas y vehículos sin orden judicial.
El descontento de la sociedad no se hizo esperar en redes sociales, principalmente en Twitter, donde criticaron la decisión de los ministros que votaron por esta.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró Constitucional la figura de inspecciones policiacas externas y superficiales sin orden judicial o ministerial, que impugnó CNDH...@TLOP_UAEMex @ElizabethVarMan
— Leonel Medina (@LeonelMedina135) 13 de marzo de 2018
¡¡Terror de Martes 13!!
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que los cuerpos... https://t.co/mKj8y6C18o
— Oscar Glenn (@oscarglenn) 13 de marzo de 2018
