A partir de hoy a quien de forma intencional cause cualquier daño o maltrato, agreda, denosté o humille a una niña, niño o adolescente menor de 18 años causándole alguna alteración en la salud, desarrollo o dignidad, se le impondrá una pena de 3 a 7 años de prisión y de 20 a 200 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, con independencia de las penas que correspondan en su caso, por la comisión de otros delitos.
De acuerdo a la reforma aprobada por los integrantes de la 64 Legislatura al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, además a quien divulgue, comparta, distribuya, publique audios o videos en los que se cometa la conducta descrita, se le aumentará en una mitad del mínimo a una mitad del máximo de la pena establecida ya citada.
Agrega que para estos efectos, la autoridad ordenará a la empresa de prestación de servicios digitales e informáticos, servidor de Internet, red social, administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o cualquier otro donde sea publicado el contenido referido, el retiro inmediato de la publicación que se realizó.
Protección a menores
El dictamen de las comisiones de procuración y administración de justicia, y grupos en situación de vulnerabilidad, señala que no hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y desarrollo del niño, de quien depende la supervivencia, la estabilidad del progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana, “pues en la medida que un sistema jurídico tutele y garantice la protección de la niñez estará asegurada una sociedad cada vez más igualitaria y libre de violencia”.
Manifiesta que el hecho de que las niñas, niños y adolescentes sean maltratados causa lesiones invisibles y en caso de no recibir atención, éstas pueden ser de forma permanente en sus mentes, sumándose a las huellas emocionales que le puede causar el hecho de que esas imágenes o videos sean compartidos y vistos por cientos o miles de personas.
“Es, en razón de ello, que se propone la tipificación como delito de dichas conductas, pues sabemos que actualmente los medios digitales se han vuelto un medio para la comisión delitos y de otros tantos delitos que se cometen específicamente en contra de ellos, y que el derecho debe ser una herramienta, y tipificar las conductas que ocurren en la actualidad; por ende, se requiere de reformas para integrar estos elementos que actualmente no están previstos en la ley".
"Esta reforma también es necesaria pues el Estado mexicano está obligado a generar políticas públicas para que se cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, finaliza el documento.
