Ahora serán 17 delitos los que permitirán la aplicación de prisión preventiva oficiosa, tras una votación en el Senado de México, contemplando ahora el uso de programas sociales con fines electorales, el robo de hidrocarburos y los delitos relacionados con actos de corrupción.
El Ministerio Público, en caso de no poder garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, podrá solicitar al Juez de Control que ordene la prisión preventiva oficiosa durante el desarrollo de la investigación, para garantizar la protección de la víctima, testigos o de la comunidad, o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato.
Con respecto a la votación en el Senado, 62 legisladores emitieron su sufragio a favor. El catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficisa, lo componen los siguientes delitos:
- Uso de programas sociales con fines electorales
- Robo de hidrocarburos
- Corrupción
- Abuso o violencia sexual contra menores
- Delincuencia organizada
- Homicidio doloso
- Feminicidio
- Violación
- Secuestro
- Trata de personas
- Robo a casa habitación
- Enriquecimiento ilícito
- Robo al transporte de carga
- Desaparición forzada, incluida la cometida por particulares
- Delitos cometidos con armas y explosivos
- Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas
- Delitos de carácter grave que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de salud.
