- Determinó que la convocatoria fue legítima pese a la ausencia de la presidenta municipal
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y validó la elección del municipio de San Martín Peras, región de la Mixteca.
Al resolver el juicio de la ciudadanía identificado JDCI/144/ 2025, el órgano jurisdiccional revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-40/2025 emitido por el Consejo General de donde declaró jurídicamente no válida la elección ordinaria de concejalías de ese Ayuntamiento.
Según consta en las actas de las reuniones de trabajo y del escrito que exhibió la Presidenta Municipal ante la autoridad administrativa el 22 de julio pasado, la negativa de no participar en los actos previos y emisión de la convocatoria.
De este modo, el TEEO acreditó que ante la ausencia de la presidenta municipal, las autoridades tradicionales en ejercicio de sus facultades determinaron que la convocatoria únicamente la firmaran las personas que designaron como sus representantes.
Dejando ver así en todo momento que prevaleció la voluntad de la asamblea general comunitaria, pues consta en el acta que fue puesto a consideración de los asambleístas los diversos conflictos que existieron, así como la negativa de la presidenta municipal para emitir la convocatoria y de esta manera, aprobaron por unanimidad de votos que se continuara con la elección.
Ante esto, el órgano jurisdiccional ordenó al IEEPCO dar cumplimiento a la sentencia y dejar sin efectos todos los actos emitidos en cumplimiento a la declaración de la validez de la elección de integrantes del Ayuntamiento del municipio de San Martín Peras, Oaxaca.
