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Habrá protección para adultos mayores contra la violencia en Oaxaca

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Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Luis Ignacio Velásquez

Integrantes de la 65 Legislatura reformaron la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Oaxaca, a fin de proteger a los adultos mayores de la violencia sexual y cualquier acto que degrade, dañe el cuerpo o su sexualidad.

El objetivo de esta reforma legal es salvaguardar los derechos a la libertad y la dignidad e integridad física de este sector de la población, ante actos abusivos de poder u omisión intencional, dirigidos a someterlos, controlarlos o agredirlos.

Estas situaciones pueden presentarse dentro o fuera del domicilio familiar y los agresores suele tener relación de parentesco consanguíneo o por afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o mantener una relación con la víctima, que permita los actos de violencia.

El dictamen establece que la gente mayor enfrenta condiciones particularmente difíciles para ejercer plenamente sus derechos humanos, al grado que en numerosas ocasiones su dignidad resulta seriamente lastimada.

Añade que aspectos como la discriminación, oportunidades de empleo, maltrato y violencia, es en donde las personas mayores están en desventaja, además de diversas negligencias que a diario enfrentan los más de 15 millones de personas adultas mayores en México.

Por ello, es indispensable que se impulse el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores, así como fomentar en las familias, el estado y la sociedad un trato digno que privilegie la promoción de la igualdad, la no discriminación y la realización progresiva de todos sus derechos.

Subraya que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha establecido que la violencia contra este sector, constituye una violación a sus derechos fundamentales, por lo que resulta de mayor relevancia la reforma a esta ley.

Debido a esta situación, las y los diputados integrantes del Congreso oaxaqueño reforman la fracción V y se adiciona la fracción VI al artículo 7 Bis recorriéndose la subsecuente de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el estado de Oaxaca.

 

Obstáculos

  • Discriminación
  • Sin oportunidades de empleo
  • Maltrato
  • Sufren violencia

 

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