CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia eliminó hoy, con efectos generales, la prohibición impuesta en Oaxaca en 2019 para la venta envases de tereftalato de polietileno, conocido como PET, así como de unicel desechable.
Por nueve votos contra uno, el Pleno de la Corte emitió la declaratoria general de inconstitucionalidad de dos porciones del artículo 98 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca, porque el estado invadió atribuciones federales sobre regulación de residuos de manejo especial.
La prohibición que impusiera el congreso de Oaxaca en 2019 a la venta de envases de PET y unicel desechable fue revertida este miércoles por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual determinó inconstitucional dicha medida. https://t.co/ZJbHscYCWM
— Noticias Oaxaca NVI (@nvinoticiasoax) August 18, 2022
La declaratoria general es una figura poco utilizada por la Corte, que le permite anular leyes si, una vez que ha concedido amparos contra ellas, los Congresos respectivos no las anulan o derogan.
En este caso, la declaratoria derivó del amparo otorgado en agosto de 2022 por la Segunda Sala de la Corte en favor de dos filiales del gigante Coca Cola-Femsa: la cadena de tiendas Oxxo y la embotelladora Propimex.
Lo anterior, porque la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, que regula las facultades concurrentes entre Federación y estados, no habilita a estos últimos para prohibir el uso de dichos materiales.
"El artículo 100 de la Ley General prevé de forma limitativa, un catálogo de prohibiciones que podrán contener las legislaciones estatales en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos; no obstante, ninguno de sus supuestos contempla alguna relacionada con la venta, distribución o uso de envases, embalajes u otros productos de un solo uso, elaborados con PET o unicel", explicó la Sala en 2022.
También detalló que las normas oficiales mexicanas sobre envases y manejo de residuos sólidos tampoco autorizan a los estados para prohibir el PET y el unicel, sino que solo requieren planes de manejo especial para comercios que generen más de diez toneladas anuales.
👀 Siempre si echaron para atrás la Ley Anti-PET de #Oaxaca, @HoracioSosaOax no hizo bien su trabajo 🥫🧃@CongresoOaxaca_ @SCJN #Oaxaca https://t.co/qGhchz94FF
— TVBUS Noticias de Oaxaca (@tvbus) August 15, 2023
El Congreso de Oaxaca argumentó que la prohibición reduciría en 70 por ciento la contaminación por PET en el estado, al eliminar las botellas desechables de refresco y agua.
La Ministra Presidenta Norma Piña fue la única que hoy sostuvo que los estados sí tienen atribuciones en esta materia.
Oxxo se amparó luego de una visita de verificación de la Secretaria de Medio Ambiente de Oaxaca, que en octubre de 2020 le ordenó retirar productos de sus anaqueles, incluidas todas las bebidas envasadas en PET.
"El hecho de prohibir venta, distribución y empleo de envases de PET y unicel representa una de las sanciones máximas para efectos de la norma administrativa, pues es una negativa de cualquier posibilidad de hacer uso de esos materiales para efectos de envasar o empaquetar alimentos o bebidas", afirmó la Corte.
¿Cómo por? 🚨El ordenamiento prohibía a los comerciantes la venta, distribución o empleo envases de un solo uso.https://t.co/gqNlvgJkSd
— Excélsior (@Excelsior) August 15, 2023
Varios estados y la Ciudad de México también han prohibido estos y otros materiales.
Además de anular la norma de Oaxaca, el criterio de la Corte es obligatorio para todos los jueces que conozcan de amparos en el caso del PET y el unicel, amén que ya también hay un precedente de la Segunda Sala contra la prohibición de popotes de plástico a nivel municipal.
En Oaxaca estaba prohibido usar unicel y plásticos
Y es que el 25 de octubre de 2020, entró en vigor la “Ley para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos” en Oaxaca, ley con la que se prohibe el uso y distribución de plásticos desechables y envases elaborados de unicel.
Esta ley entró en vigor, luego de que las instituciones otorgaran una prórroga de más de 15 meses para que las empresas terminaran su inventario de este tipo de productos.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, Horacio Sosa Villavicencio, puntualizó que el Congreso Local no está en contra de los empresarios o del libre comercio, sino a favor del medio ambiente. Por esto, pidió a las grandes empresas que los productos que expenden sean amigables y no contribuyan a la degradación de la naturaleza.
Ante la norma, hubo preocupación entre los comerciantes y representantes del sector productivo ante las complicaciones que la medida podría acarrear para su comercialización.
Los líderes de la Cámara del Pequeño Comercio y de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), anunciaron que analizan jurídicamente responder a la nueva norma, no descartando valer amparos colectivos.
María Esther Alejandre, promotora del comercio justo en la ciudad de Oaxaca reconoció que si bien es urgente el cuidado del ambiente, y que las leyes sean cumplidas por todas y todos, “en este momento de pandemia es particularmente difícil debido a que los productores orgánicos intentamos mantenerse a flote, por las bajas ventas”.
Algunos centros comerciales iniciaron remates de bebidas contenidas en PET y los representantes legales de algunas empresas refresqueras nacionales solicitaron a los diputados una prórroga para realizar una sustitución gradual de los envases.
Las sanciones
La reforma a este instrumento jurídico, establecía que las multas a quien incumpliera esta norma iban desde los 10 a 50 mil salarios mínimos, la suspensión o revocación de concesiones o autorizaciones, decomisos, clausuras temporal o definitiva o incluso el arresto para quienes por parte de las empresas que utilizan este tipo de materiales para distribuir sus productos.
Con esta modificación legal, se pretendía reducir casi en un 70 por ciento la emisión de contaminación por PET en el territorio del estado, pues se estima que el 52.8 por ciento está constituida por botellas desechables de refresco y 17 por ciento por botellas desechables de agua.
