El gobernador del estado, los legisladores estatales y magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, así como los servidores públicos, pueden promover la elección del Poder Judicial que se llevará a cabo el próximo 1 de junio, pero únicamente para la elección judicial local y sin aludir a una persona en específico.
En la entidad se elegirán ministros o ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistraturas vacantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la totalidad de las magistraturas regionales del mismo Tribunal, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de circuito, y juezas y jueces de distrito; toda vez que la elección de magistrados del Tribunal Superior de Justicia se pospuso hasta el 2027.
En la conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que, indebidamente, el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó ser la única autoridad con atribuciones exclusivas para la promoción del voto y de la participación ciudadana, porque dichas restricciones no están previstas expresamente en la Constitución y la ley.
“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estableció que además del INE, también podrán promover el voto los Poderes de la Unión: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial federales; los poderes estatales también, solo para elecciones judiciales en sus entidades”.
Añadió que también cada uno de los poderes estatales podrá promover la elección para sus respectivos territorios, y también los Organismos Públicos Locales Electorales, los OPLE, lo pueden hacer en cada una de sus entidades; además de las personas servidoras públicas con algunas limitantes.
Sin embargo, debe promover el voto y la participación ciudadana, sin aludir a ninguna candidatura en específico; asimismo, pueden llevarse a cabo campañas de comunicación social, pero sin sesgo o apoyo a determinada candidatura; campañas de orientación didácticas o educativas para informar la forma en que se podrá emitir el voto para cada uno de los cargos.
Señaló que la comunicación social de carácter institucional debe cumplir con fines informativos, educativos y de orientación social sobre el proceso.
Explicó que queda prohibido incluir imágenes, nombres o símbolos que identifiquen a funcionarios y candidatos con propaganda para promover la elección judicial; y que el Gobierno federal no puede promover las elecciones locales y las autoridades locales no pueden promover la elección federal, ni usar logos o colores institucionales, las únicas autoridades que pueden mostrar sus logos son el INE y los OPLE.
Añadió que los candidatos en funciones no pueden participar en la propaganda institucional y tampoco, por supuesto, se puede influir en la equidad de la contienda.
Por tanto, la promoción que haga la autoridad debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos. Se pueden usar recursos públicos para promover la elección judicial siempre que estén destinados a la comunicación social y cuando la propaganda tenga carácter institucional y fines informativos, sin vulnerar los principios de neutralidad e imparcialidad.
Los spots o publicidad en Internet no deben identificar al órgano que los emite; en ningún momento se deberán mostrar logos, eslogan, imágenes de las personas candidatas o cualquier referencia que las pueda hacer identificables.
Los promocionales deberán incluir en todos los casos un cintillo que señale expresamente que los fines son informativos y educativos.
Indicaciones y restricciones
La elección del Poder Judicial se llevará a cabo el próximo 1 de junio.
Se prohíbe incluir imágenes, nombres o símbolos que identifiquen a funcionarios y candidatos con propaganda para promover la elección judicial.
El Gobierno federal no podrá promover las elecciones locales y las autoridades locales no tendrán facultad para promover la elección federal ni utilizar logos o colores institucionales.
La promoción que se realice por parte de las autoridades debe ser genérica, es decir, sin mencionar partidos o candidatos.
Los spots o publicidad en Internet no deberán identificar al órgano que los emite.
Las únicas autoridades que pueden mostrar sus logos son el INE y los OPLE.
Los candidatos en funciones no pueden participar en la propaganda institucional.
Podrán llevarse a cabo campañas de comunicación social, pero sin sesgo o apoyo a determinada candidatura.
Los promocionales deberán incluir, en todos los casos, un cintillo que indique que los fines de su difusión son informativos y educativos.
¿Qué se elegirá en Oaxaca?
Ministros o ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistraturas vacantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; la totalidad de las magistraturas regionales del mismo Tribunal; los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de circuito, y juezas y jueces de distrito.
