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Prodecon ofrece capacitaciones en Oaxaca para declaración anual 2022

Foto(s): Ana Lilia Pacheco
Ana Lilia Pacheco

Josué Jiménez Guevara, delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), mencionó que la procuraduría estará realizando capacitaciones para la declaración anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Expuso que habrá webinar, videos, tutoriales, podcast, talleres prácticos y su Guía para presentar la Declaración Anual, donde se proporcionará toda la información necesaria que permita a las personas físicas contribuyentes cumplir sin contratiempos con esta obligación fiscal.

Mencionó que los temas por lo que la ciudadanía acude a la procuraduría es que aunque tienen un saldo a favor, la autoridad no se los devuelve, ya fue multada por no haber realizado los pagos correspondientes, por ello recomendó que se acerquen a Prodecon desde la primera notificación que reciben.

Agregó que estas capacitaciones se dividen en tres etapas: Prepárate, Declara y Recibe tu devolución (si resultó un saldo a favor), con lo que esperan ayudar a más de 70 mil personas contribuyentes con información que les permita resolver dudas y realizar un adecuado llenado de su Declaración Anual.

El delegado de la Prodecon destacó que Oaxaca es una de las 30 oficinas con las que cuenta la procuraduría a nivel nacional, por lo que las personas podrán acudir a recibir asesorías de manera gratuita.

Además de que, si no cuentan con un contador, pueden acudir a la Prodecon para que les ayude a presentar la Declaración Anual, misma que pueden realizar hasta el día 2 de mayo de 2023, debido a que la fecha límite de 30 de abril ocurre en día inhábil.

Cabe recordar que la declaración anual es la única forma de reportar al SAT los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder contribuir con el pago de impuestos.

El artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que sólo están obligadas a presentar su declaración las personas que sean trabajadores independientes por honorarios, que hayan percibido ingresos anuales mayores de 400 mil pesos.

También quienes recibieron ingresos de dos patrones, aun cuando no sean mayores a 400 mil pesos o hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.

Así como quienes cobran rentas de algún inmueble o hayan ganado algún premio, por ejemplo, la lotería.

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