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Niegan recursos extra al Tribunal de Justicia Administrativa de Oaxaca

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Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La Comisión Permanente de Presupuesto y Programación de la LXVI legislatura declaró improcedente autorizar una ampliación presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2025, por 10 millones 551 mil 410 pesos, al Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la corrupción del Estado de Oaxaca, para el pago de las condenas decretadas en diversos juicios de amparo; ordenando el archivo definitivo del expediente, como asunto total y definitivamente concluido.

El dictamen señala que el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca debe de planear sus finanzas, para la inclusión del pago de las condenas decretadas en los juicios de Amparo, esto, desde la etapa de construcción de su presupuesto público, para que estos pasivos sean incluidos, ya que al solicitarlo a esta soberanía popular, fuera de esa etapa, no habría forma de otorgarse tal ampliación presupuestal, pues, para proponer a este Congreso autorización de una ampliación presupuestal debe de indicarse o señalarse expresamente cual será la fuente de financiamiento que servirá para sustentar el gasto para el que pide ampliación presupuestal.

Señala que el pasivo por pensiones y terminación anticipada del cargo que ahora tiene el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca para el que solicita ampliación presupuestal, el mismo debe de tener un seguimiento en su sistema de contabilidad gubernamental y presupuestal, pues desde el momento en que se le notificó una sentencia firme por parte de la autoridad laboral o la autoridad de Amparo, esta institución debió de haber registrado este pasivo laboral, como un presupuesto devengado, para que al mismo se le considere como recursos reconocidos y registrados de un gasto en el periodo contable a que se refiere, a pesar de que el desembolso o el cobro pueda ser hecho, todo o en parte, en el período posterior o varios periodos posteriores, de conformidad con el Acuerdo por el que se Emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de agosto de 2009, “...pues con ello los entes públicos, tendrán un conjunto de registros, procedimientos, criterios e informes, estructurados sobre la base de principios técnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar, clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la situación patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas”.

El pago de las condenas decretadas en juicios de amparo en favor de las ex magistradas, son el de la abogada Frida Jiménez Valencia, el pago de 3 millones 154 mil 83 pesos con 72 centavos por condenas decretadas en el Juicio de Ampaго 250/2020, del índice del Juzgado Segundo de Distrito con sede en San Bartolo Coyotepес.

Así como el pago de la abogada María Mayela García Maldonado de 3 millones 854 mil 464 pesos con 64 centavos, por condenas decretadas en el Juicio de Amparo 1251/2021, del índice del Juzgado Noveno de Distrito con sede en San Bartolo Coyotepес.

Y el de la abogada María Elena Villa Carrillo o Villa de Jarquín de 3 millones 543 mil 410 pesos con 86 centavos por condenas decretadas en el juicio de amparo 392/2021, del índice del Juzgado Noveno de Distrito con sede en San Bartolo Coyotepec.

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