Luis Ignacio Velásquez
La 65 Legislatura del estado autorizó el gobierno del estado para que en el ejercicio fiscal 2022, a través de la Secretaría de Finanzas, realice la celebración de operaciones de instrumentos derivados, que puede ser la contratación de nuevos créditos o vinculación a los ya contratados, incluido el último autorizado por el Congreso por 3 mil 5500 millones de pesos.
De acuerdo al dictamen que elaboró la Comisión Permanente de Hacienda, que preside el diputado priista Fredy Gil Pineda Gopar y que fue aprobado por el pleno legislativo, previo al análisis del destino y la capacidad de pago del estado y con el fin de seguir fortaleciendo las finanzas públicas de la entidad y mitigar los riesgos de un alza en las tasas de interés de los financiamientos de largo plazo a cargo del estado que constituyen su deuda pública, para el ejercicio fiscal 2022, se autoriza al Ejecutivo, a través de la Secretaría de Finanzas, la celebración de operaciones de instrumentos derivados, incluyendo su contratación o vinculación a los créditos vigentes del estado.
Así como a los actualmente celebrados, referidos al decreto 809, mediante el cual se autorizó al Poder Ejecutivo la contratación de hasta 3 mil 500 millones de pesos de deuda pública, y del decreto 1808, emitidos por la 64 legislatura, para que pueda llevarlas a cabo en el 2022.
Añade que la autorización es también para que celebre todos los actos necesarios y/o convenientes para instrumentar dichas operaciones autorizadas conforme al decreto referido.
“La presente autorización ratifica en todos y cada uno de sus términos, las disposiciones en relación con las operaciones de instrumentos derivados contenidas en el decreto 809 antes señalado”.
Subraya que actualmente los Contratos de Apertura de Crédito Simple, de fecha 7 de febrero del 2020, celebrado con Banobras S.N.C., en su carácter de acreditante, y el estado libre y soberano de Oaxaca, en su calidad de acreditado, incluyendo su contratación o vinculación a los créditos vigentes, autorizados conforme al decreto 809, se encuentran en periodo de disposición.
Cada señalar que los instrumentos financieros secundarios o derivados son contratos que se basan en el activo subyacente (primario).
