Los alimentos son un derecho humano fundamental que no se pueden suspender y en el contexto que estamos viviendo por la emergencia sanitaria por COVID-19, la exhortación del Poder Judicial del Estado respecto a las pensiones alimenticias ha sido a que las personas sigan cumpliendo con esta obligación, a fin de garantizar la seguridad y subsistencia de los acreedores alimentarios, como son las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
La jueza Primero Familiar del Centro, licenciada Leticia Meneses Concha, explicó que al ser un tema sensible y urgente, la institución se mantiene atenta a su debido cumplimiento, con apego a los protocolos sanitarios establecidos y cuidados para quienes acuden a realizar o solicitar este trámite e incluso mediante un sistema de citas.
La pensión alimenticia, establecida en los Códigos Civil y Penal, explicó, comprende los alimentos, pero además lo relativo a la salud, educación, gastos médicos y partos; en el caso de niños, niñas y adolescentes, la educación hasta que ellos tengan una forma de cómo solventarse en su vida futura mediante un estudio, oficio o arte.
Así también, lo correspondiente a gastos funerarios o los derivados cuando hay personas que son agredidas y hay algún daño, gastos físicos y psicológicos, psicoemocionales y otros extraordinarios como en el caso de que algún niño, niña u adolescente tuviera una enfermedad especial, síndromes o malformación congénita.
Ambos padres
La jueza Primero Familiar del Centro puntualizó que en caso de que un acreedor alimentario no reciba el pago de la pensión, la Ley establece la posibilidad de un embargo de bienes para cobrar el beneficio e incluso, los artículos 413 al 418 del Código Penal considera sanciones a los obligados morosos que no cumplen con dicha obligación, entre ellas una pena privativa de libertad que va de tres a cinco años de prisión y multa de 100 a 440 días de salario mínimo.
Por otra parte, la juzgadora mencionó que aun cuando se disuelva un matrimonio, la patria potestad de los hijos la continúan conservando ambos padres; sin embargo, en el tema de guarda y custodia, es decir con quienes van a vivir, los cuidará y asistirá se efectúa un análisis cuidadoso, con apoyo de un perito psicólogo y trabajadoras sociales, para asegurar que se queden con la parte que les garantice la estabilidad y equilibrio que requieren para su desarrollo integral.
Sobre estos y otros temas relacionados con asuntos judiciales, dudas y servicios, la ciudadanía y abogados pueden comunicarse al Centro de Respuesta Inmediata, JusticiaTEL, con el número telefónico 800 719 22 32.
