El Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (IAIP) ordenó a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO) informar a cuánto asciende el sueldo del rector Eduardo Bautista Martínez, porque hasta hoy nadie lo sabe a ciencia cierta.
Así como proporcionar las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del comité de obras y servicios relacionadas con las mismas de la universidad, así como del comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la universidad a partir del año 2016 al mes de septiembre del año 2019, de manera total y a su propia costa.
De acuerdo al proyecto de resolución presentado por la comisionada María Antonieta Velásquez Chagoya, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) se presentó la solicitud de información número 01079719 a la universidad, en la que se requería saber a cuánto asciende el sueldo del rector de la UABJO.
Añade que como respuesta el sujeto obligado respondió que la información requerida se encontraba en la página de transparencia de la institución, por lo que el solicitante interpuso un recurso de revisión, toda vez que el link no funciona.
Manifiesta que el recurso se presentó en el plazo legal y cumplió con todos los requisitos establecidos en el artículo 131 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Destaca que una vez que el link que debería dirigir a la descarga de la información requerida no funciona y arroja una página inexistente, no se puede tener como satisfecha la solicitud de información, de conformidad con el artículo 119 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.
Añade que al no estar disponible la información para su descarga en el medio proporcionado por el sujeto obligado, es menester ordenar que la proporcione en una modalidad de entrega accesible para su visualización.
“Por todo lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo previsto por el artículo 143 fracción III, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, este Consejo General considera parcialmente fundados los motivos de inconformidad expuestos por el recurrente, y ordena al sujeto obligado para que informe al recurrente a cuánto asciende el sueldo del rector de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca”.
