A pesar de que desde el 2 de octubre del 2017 el Congreso estatal aprobó reformas a la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado de Oaxaca, para impedir que los agentes de vialidad retengan en garantía de pago de alguna infracción, cualquier documento de los conductores, está práctica ilegal sigue vigente.
Con la reforma a los artículos 18 y 25 de la ley de tránsito, los uniformados ya no tienen facultad para asegurar el permiso para circular, tarjeta de circulación, la licencia de manejo o placas, a los conductores que infrinjan esta ley o su reglamento.
Aunque es todavía común que los agentes de vialidad retiren las placas a vehículos que se encuentran estacionados en doble fila o comentan alguna otra infracción al reglamento.
Esto tal vez porque en la Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca de Juárez 2018, fracción V del artículo 195, se señala que “es obligación de los policías viales integrantes de la Comisaría de Vialidad sin excepción alguna, retenerla licencia de conducir, tarjeta o placas de circulación del vehículo, con el objeto de garantizar el pago de las infracciones aplicadas, dichas garantías se deberán remitir debidamente relacionadas con el fin de garantizar el interés fiscal”.
E, incluso, precisa que los integrantes de la Comisaría de Vialidad, que no remitan a la Tesorería por conducto de la Unidad de Recaudación Municipal las garantías del interés fiscal que menciona el párrafo anterior serán responsables solidarios de los créditos fiscales que se dejen de percibir producto de su incumplimiento.
LA PUBLICACIÓN
La reforma a la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado de Oaxaca se publicó el 27 de octubre del 2017 en el Periódico Oficial del Estado
10 a 20 unidades de medida por llevar más pasajeros de lo permitido
10.5 a 17 unidades de medida por conducir sin licencia
15 a 30 unidades de medida por usar celular al conducir
10 a 15 unidades de medida por estacionarse en doble fila
En palabras llanas, si los agentes de vialidad no remiten los documentos a los funcionarios de las tesorería municipal serán ellos quienes paguen las multas. Tal vez por esta razón, la práctica siga vigente.
Esto a pesar de que el 27 de octubre del 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el decreto número 732, de la LXIII Legislatura local, mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del Estado de Oaxaca.
