A la pena de ocho años de prisión fue condenado ayer Gonzalo José C.E., de 34 años de edad, como responsable del delito de extorsión telefónica.
El hecho se registró en agravio de un comerciante y no se le concedió ninguna sustitución de pena, por lo cual cuando la sentencia quede firme deberá internarse para terminar de cumplir con la condena.
Durante la lectura de sentencia de la causa penal 174/2016 que se instruye en contra de Gonzalo José, los jueces que integran el tribunal de enjuiciamiento determinaron que también deberá pagar la cantidad de 36 mil 520 pesos de multa y le faltan por cumplir 7 años con dos meses y dos días de prisión.
LOS HECHOS
En la causa penal señala que los hechos ocurrieron el pasado 27 de diciembre del 2016 cuando el ofendido fue citado para la entrada de 9 mil pesos que le exigían los extorsionadores.
De acuerdo con la denuncia de la víctima, empezó a recibir llamadas telefónicas en las cuales le exigían la cantidad de 50 mil pesos o de lo contrario atentarían en contra de sus hijos.
Por ello decidió presentar una denuncia ante la autoridad ministerial y la tarde del 27 de diciembre pidió ayuda al recibir la indicación para entregar el dinero en el tronco de un árbol en la carretera a San Juan Bautista La Raya.
La víctima acudió y dejó el dinero en una bolsa y unos minutos después, al lugar arribaron tres personas abordo de un taxi foráneo. Uno de ellos descendió para tomar la bolsa y todos se dieron a la fuga.
Los agentes policíacos iniciaron la persecución de la unidad de motor, por lo cual dos de ellos se dieron a la fuga, pero el taxista fue detenido y se le encontró la bolsa con los nueve mil pesos.
LAS PRUEBAS
En su valoración de los jueces, indicaron que la víctima acudió a declarar, además los elementos policíacos declararon la forma en que detuvieron a Gonzalo José y los objetos que le encontraron.
Las llamadas telefónicas que realizaron a la víctima fueron certificadas y por lo cual existieron pruebas que destruyeron la presunción de inocencia.
En la exposición del juez relator mencionó que hubo cuestionamientos sobre la técnica de la litigación, la falta de cuidado al procesar evidencias, que a la prueba no se le practicó la prueba dactiloscópica, que fueron pruebas no realizadas por el Ministerio Público.
Sin embargo, precisó que con las pruebas que se le detuvo en la unidad de motor y además estaba la bolsa con el dinero, fueron pruebas fehacientes y que otros dos se dieron a la fuga, con lo cual corrobora que ya se habían puesto de acuerdo en un delito continuo que inició desde el día de las primeras llamadas telefónicas y culminó cuando pagaron el producto de la extorsión y la detención de uno de los responsables.
SEGUIRÁ LIBRE
Gonzalo José, fue detenido el 27 de diciembre del 2016 y por lo cual estuvo preso durante 9 meses con 28 días, al ser liberado el 27 de octubre del 2017 con las medidas cautelares de presentación periódica cada 15 y 30 de cada més, no acercarse a la víctima y no salir del estado o país. En audiencia, el juez le dijo que había cambiado sus domicilios y Gonzalo José, dijo que lo hizo por temor.
El agente del Ministerio Público pidió cambiar la medida cautelar, pero en la sentencia relataron que no se le puede sustituir la pena por una sanción económico o medida cautelar, pero eso se deberá analizar con el juez de sanciones cinco días después cuando la sentencia quede firme.
Es decir, la defensa de Gonzalo José, tiene la oportunidad de apelar o ampararse en contra de la sentencia.
Gonzalo José sigue en libertad y con las mismas medidas cautelares, por lo cual ante el juez de ejecuciones deberá presentarse para cumplir los 7 años, dos meses y dos días restantes de la pena de ocho años de prisión.
