Desde hace una década el Instituto Estatal de Ecología de Oaxaca (IEEO) ordenó clausurar definitivamente el basurero que se localiza en la agencia Vicente Guerrero, del municipio de Zaachila, donde se acumulan 800 tonelada de residuos al día únicamente del municipio de Oaxaca de Juárez, pero hasta la fecha no se ha cumplido con la determinación.
Incluso el 12 de agosto del 2010 el IEEO sancionó al municipio de la capital del estado con una multa de 1 millón 89 mil 400 pesos, por la saturación del tiradero municipal ubicado en Zaachila, “así como por la existencia de aguas negras (lixiviados) que provienen del sitio donde se deposita la basura”.
“El Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez al no haber cumplido con las condiciones estipuladas en la autorización del plan de regularización del 3 de mayo del 2007, así como las medidas correctivas de urgente aplicación determinadas en la visita de inspección, contravino la normatividad ambiental vigente por lo que es sancionado con 1 millón 89 mil pesos”.
Además se informó a los entonces presidente municipal y síndicos municipales que tenían la opción de pagar la citada multa en la secretaría de finanzas del estado o bien realizar inversiones equivalentes para la clausura definitiva del sitio de disposición final de residuos, conforme a las condicionantes de autorización del plan de regularización y demás medidas técnicas necesarias para prevenir y controlar una mayor contaminación o la implementación de un nuevo relleno sanitario.
Tres años después, en el 2010, al presentar una propuesta de conciliación a la asociación Juntos Resolvamos, quien denunció violación al derecho humano a la salud por la situación del tiradero, el IEEO dispuso el cumplimiento del cuadernillo de antecedentes 018/2005 que establece la clausura definitiva del sitio de disposición final de residuos sólidos a fin de garantizar el derecho de toda persona a un ambiente sano, aunque tampoco no se hizo nada.
Multa y obligaciones
En los lineamientos también se asienta que independientemente de la multa se requiere a los servidores públicos municipales para que, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución, cumplieran con todos y cada uno de los puntos estipulados en la autorización condicionada del plan de regularización para el saneamiento y clausura de disposición final de residuos del municipio de Oaxaca de Juárez.
Ell municipio capitalino negó que existieran violaciones a los derechos humanos, ni a las garantías individuales de los inconformes, y señaló que al lugar habían llegado personas que formaron asentamientos irregulares sabedores de los problemas de contaminación y las enfermedades que podrían adquirir, circunstancia que no le era imputable a la autoridad y sí a las personas que vendieron en un lugar inapropiado; que el actual basurero ya cumplió con la función para la cual fue creado; que el Ayuntamiento adquirió un nuevo terreno en el que se implementaría un relleno sanitario tipo “A”, en base a las normas oficiales, y que no se había procedido a la culminación total de las obras, debido a la oposición de los vecinos que impedían que la empresa concesionada cumpliera con su función.
Sin embargo la resolución del IEEO quedó firme porque la impugnación no se hizo valer en su oportunidad.
El instituto constató desde el 2007 que el tiradero estaba totalmente rebasado y que el plan de saneamiento y clausura propuesto no se ejecutó, pero además que ya no era viable su ejecución. Desde entonces nadie sabe qué hacer con el basurero, ni se deciden a clausurarlo.
