Elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones lograron la detención de una persona que contaba con una orden de reaprehensión por los delitos de despojo y daños y quedó a disposición de la autoridad judicial, donde deberá de cumplir con una sentencia, restitución del predio y el pago de la reparación del daño.
De acuerdo con el reporte de la policía, Pedro Cruz García de 49 años de edad, fue detenido en cumplimiento a la orden de reaprehensión en la causa penal 25/2008 por los citados delitos y quedó a disposición del juez de Puerto Escondido.
LOS HECHOS
Los hechos ocurrieron el 15 de Octubre del 2007,[tab]en la colonia las brisas Zicatela, Santa María Colotepec, perteneciente a Puerto Escondido, Juquila, cuando el ahora detenido y otros, armados[tab]de machetes y palos, arribaron al inmueble ubicado en la calle Guerrero sin número, colonia brisas de Zicatela, Santa María Colotepec, en Puerto Escondido, donde se apoderaron.
Al ingresar destruyeron una vivienda y por lo cual el propietario se inconformó, pero el ahora detenido dijo que era el propietario.
Tras la denuncia penal, el 01 de Marzo del 2008, el Agente del Ministerio Publico del Primer Turno, consignó la Averiguación Previa[tab]308(P.E.I.)/2007, con la cual se tuvo ejercitando acción penal[tab]en contra de Pedro por los citados delitos, al librarse la orden de aprehensión el 9 de abril del 2008.
El mismo día, los elementos policiacos procedieron a la detención de Pedro y el 15 de abril del 2008, le fue[tab]dictado auto de formal prisión.
Ante ello, se inconformò e interpuso el recurso de apelación y al resolver los Magistrados Integrantes de la 3ª Sala Penal, dentro del Toca Penal 603/2008, confirmaron[tab]dicha determinación.
El proceso siguió y el 03 de agosto del 2010, se tuvo concluido el periodo de pruebas y el 21 de septiembre del 2010, se declaró cerrada la instrucción, presentando ambas partes sus conclusiones.
El 24 de marzo del 2011, se llevó a cabo la Audiencia Final, turnándose el expediente Penal, al Juez de la Causa para dictar sentencia, lo cual ocurrió el 25 de abril del 2011, con la pena de 04 años de prisión y una multa total por la cantidad de 9 mil 520 pesos y como pago de reparación del daño, se ordenó restitución del bien inmueble al ofendido, y se condenó a pagar la cantidad de 10 mil pesos por la destrucción de la casa que estaba en el predio.
Sin nembargo, el sentenciado interpuso el recurso de apelación y el 14 de noviembre del 2011, los Magistrados integrantes de la 2ª Sala Penal dentro del Toca penal 214-(II)/2011, confirmaron la sentencia condenatoria recurrida.
Por ello, el 09 de octubre del 2017, se libró la correspondiente Orden de Reaprehensión, la cual fue ejecutada el pasado 23 de diciembre por los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones y quedó a disposición de la autoridad correspondiente.
