- El IEEPCO restructurará los artículos 25, 26 y 27
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) modificar los artículos 25, 26 y 27 de los lineamientos para el proceso de solicitud de revocación de mandato de la persona titular de la gubernatura del estado en el periodo constitucional 2022-2028.
A través del recurso de apelación identificado RA/23/2025 y acumulados, el órgano jurisdiccional dispuso que los lineamientos incluyen un requisito no previsto en la legislación federal, así como, en la Ley Estatal de Revocación de Mandato, que consiste en la obligación de entregar copia del anverso y reverso de la credencial para votar de la ciudadanía con el fin de considerarse como válido el apoyo.
De esta manera, el TEEO determinó que el IEEPCO excedió en sus facultades reglamentarias al imponer una carga adicional que puede obstaculizar el ejercicio del derecho de participación ciudadana.
En consecuencia, ordenó eliminar las porciones normativas que exigen la presentación de la copia de la credencial para votar y dar publicidad a su resolución para conocimiento de la ciudadanía.
Los otros expedientes RA/24/2025 y RA/25/2025 fueron acumulados al RA/23/2025 por ser el primero que se tramitó el órgano jurisdiccional, presentado por el partido Morena.
Mientras tanto, los agravios formulados por los partidos Movimiento Ciudadano (MC) y Acción Nacional (PAN) fueron declarados infundados, porque la emisión de los acuerdos no vulnera el periodo establecido por el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Política federal.
Pues, el periodo que establece el supuesto normativo es exclusivamente para los procesos electorales ordinarios y no para los mecanismos de participación ciudadana como la revocación de mandato.
El órgano jurisdiccional también resolvió tres juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI), dos Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Internos (JNI) y tres Recursos de Apelación (RA).
