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Traducen a 50 lenguas reforma de los pueblos indígenas y afromexicanos

La traducción será un trabajo coordinado entre el INPI, la ULIM y el INALI.
Foto(s): Cortesía
Octavio Vélez Ascencio

La Reforma Constitucional sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos se ha traducido a 50 lenguas ante una suma de esfuerzos entre el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), la Universidad de las Lenguas Indígenas de México (ULIM), y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI).

La traducción de la modificación constitucional es una acción afirmativa, que cumple con las disposiciones del Decreto expedido, por el entonces presidente, Andrés Manuel López Obrador, para que sea accesible a los pueblos y comunidades hablantes de lenguas indígenas, porque ahora son sujetos de derecho público, con capacidad jurídica y patrimonio propio, por lo que pueden ya dirigir su propio destino, bajo sus formas comunitarias de Gobierno, haciendo hacer valer su libre determinación y autonomía.

“Los compañeros del INPI, bajo la dirección de su director, Adelfo Regino Montes, ya cumplieron con la reforma constitucional; ahora nos toca a nosotros traducirlo a las lenguas indígenas”, afirmó el rector de la ULIM, Juan Carlos Reyes Gómez, lingüista originario del pueblo mixe.

Aunque, explicó que la traducción de la reforma constitucional es un trabajo delicado, porque están de por medio los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, pues existen términos sin un equivalente entre el castellano y las lenguas originarias.

De este modo, subrayó que el equipo de abogados indígenas del INPI, en el ánimo de brindar asesoría jurídica en esta labor, recogieron y explicaron detalladamente en castellano, la terminología jurídica contenida en el Decreto para una mejor comprensión de las y los traductores, así como a fin de proponer una traducción de todos los términos semánticamente más aproximada y culturalmente más pertinente en sus respectivas lenguas.

“En esta traducción debe haber un margen mínimo de error, debe ser exacta, precisa, sin ambigüedades”, asentó.

Mientras tanto, el maestro de la lengua zapoteca del Istmo de Tehuantepec, Feliciano Carrasco Regalado observó que en la traducción de las palabras jurídicas debe respetarse su sentido legal, pero con un lenguaje comprensible por las personas receptoras.

Por esto, destacó que el reto mayor de la traducción no fue sólo contar con las palabras y sus definiciones, sino acomodar los términos jurídicos en los tiempos de la traducción formal, porque así podrán las personas hablantes y lectoras de la cultura zapoteca comprender el texto con facilidad. 

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