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Esto es lo que el SAT te quitará de tu aguinaldo; haz cuentas

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Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

En México, cada año en diciembre los trabajadores y trabajadoras reciben lo que se denomina aguinaldo, que es un derecho contemplado por la Ley Federal del Trabajo y que consiste en una aportación económica que otorgan los patrones y empresas por los servicios prestados durante un año de labores. La pregunta es si el SAT cobra un impuesto por este concepto y cuál es el porcentaje retenido. Aquí te decimos.   

La mala noticia es que algunos empleados tendrán que darle parte de su aguinaldo al Servicio de Administración Tributaria (SAT). La buena noticia es que no todos los empleados están sujetos a esta retención.

Es necesario recordar que dicha prestación debe ser entregada a los trabajadores cada año hasta antes del 20 de diciembre como fecha límite. 

También es importante destacar que el aguinaldo está contemplado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que es una obligación para los patrones y empresas del país.

Derecho al aguinaldo

Todos los trabajadores de México, ya sea de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros, deben recibir este beneficio.

Este derecho también aplica para comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.

De este modo, los empleados tienen derecho a que se les pague una parte proporcional al tiempo trabajado, independientemente de que ya no laboren en la empresa o actualmente estén trabajando para una compañía diferente.

La excepción son los trabajadores contratados por honorarios, quienes no tienen derecho a esta prestación laboral.

Retención del SAT

La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 fracción XIV indica que las gratificaciones que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general. Esto solo aplica en caso de que las gratificaciones se otorguen en forma general.

Por tal motivo, todos los trabajadores del sector privado deben recibir el pago del aguinaldo cada año y no están obligados a pagar el impuesto sobre la renta (ISR) siempre y cuando sea menor a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).

Esto significa que el aguinaldo está exento hasta el equivalente de 30 días de salario mínimo, mientras que la cantidad que exceda esto está sujeto a ISR.

Dicho beneficio fiscal con el que se hace una exención del ISR será por un monto de hasta 3 mil 153 pesos. 

Procedimiento para calcular el ISR en el aguinaldo 

1.- La remuneración de que se trate se dividirá entre 365 y el resultado se multiplicará por 30.4;  

2.- Al resultado del inciso 1, se le adicionará el ingreso ordinario por la prestación del servicio que perciba el trabajador en forma regular y al resultado se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 96 de la Ley de ISR;  

3.- El impuesto que se obtenga se disminuirá con el Impuesto que correspondería al ingreso ordinario por la prestación de su servicio, calculando este último sin considerar las demás remuneraciones mencionadas en este artículo;  

4.- El impuesto a retener será el resultado de aplicar a las remuneraciones del artículo 174 LISR sin aplicar ninguna deducción, la tasa a que se refiere la fracción siguiente, y  

5.- La tasa a que se refiere la fracción anterior se calculará dividiendo el Impuesto que se determine en términos del inciso 3 de este artículo entre la cantidad que resulte del primer inciso que mencionamos. El cociente se multiplicará por 100 y el producto se expresará en por ciento (%). 

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