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Ordenan eliminar reforma judicial del DOF

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Foto(s): Cortesía
Redacción

Agencias

 

El juzgado 19 de distrito con sede en Coatzacoalcos, Veracruz, otorgó una suspensión definitiva en la que ordena a la Presidenta de la República Claudia Sheinbaum y al director del Diario Oficial de la Federación, Alejandro López González a que dentro en un plazo de 24 horas, contadas a partir de que le sea notificada la resolución, informen y acrediten que se ha eliminado del Diario Oficial de la Federación (DOF) la publicación del decreto que valida la reforma judicial. En las resoluciones del juicio de amparo 823/2024, se señala que en caso de desacato a esta decisión, “se dará vista al Ministerio Público de la Federación por el delito que establece la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo”.

En ese contexto, abogados señalaron que la suspensión definitiva puede ser combatida mediante un recurso de revisión, cuya sentencia puede ser emitida por un tribunal colegiado y ello puede tomar meses.

La jueza Nancy Juárez Salas resolvió que las autoridades “fueron omisas en dar el debido cumplimiento a la suspensión provisional dictada en 12 de septiembre ya que no se abstuvieron de realizar la promulgación y publicación de la Declaratoria de Reforma Constitucional” relacionadas con el Poder Judicial Federal, “a pesar de que fueron debidamente notificadas el 13 de septiembre.

Además, establece en su resolución dictada el martes que la Presidenta de la República y el DOF “fueron omisas en rendir el informe” de cumplimiento de la suspensión provisional.

Por ello determinó que “la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos y el Director del DOF dentro del lapso de 24 horas, deberán en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminar la publicación realizada en el DOF, el 15 de septiembre de 2024, del Decreto de Reforma Constitucional, mediante el cual se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de reformas al Poder Judicial Federal, hasta en tanto se notifique a las autoridades responsables el auto en que cause ejecutoria la sentencia que se emita en el juicio principal”.

La juzgadora apercibe “a las autoridades responsables que de no cumplir con el requerimiento formulado en esta resolución, se dará vista al Ministerio Público de la Federación”.

Con ello en caso de determinarse que existe responsabilidad en el delito de desacato a una suspensión al término del juicio de amparo, la ley establece que se “impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo o empleo público”.

Suspende INE proceso de elección en el PJ


Por su parte, la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, señaló que van a respetar las resoluciones judiciales contra la elección del Poder Judicial y confirmó que el proceso está "suspendido", pues están a la espera de que se resuelva la situación jurídica.

Derivado de los amparos y de que todavía la Sala Superior no resuelve la impugnación que el INE presentó para saber si continúa el proceso o no, Taddei comentó que efectivamente la Comisión Especial para esta elección no ha avanzado en los preparativos, por lo que no podemos "tomar una decisión ni en consejo, ni en las áreas para continuar".

En conferencia de prensa, la presidenta del instituto aclaró que la organización para este proceso inédito "está suspendida", pues deben "ser cautelosos y no equivocarnos en el camino".

Sin embargo, reconoció que está pausa sin duda los pondrá en "apuros", porque al final se están retrasando en actividades que ya deberían hacer en estos momentos, pero sea como sea "los tendremos que resolver".

Para evitar ambigüedades, la consejera señaló que el estatus en el que se encuentra el INE con relación a la reforma judicial está en una fase de "respeto a las notificaciones que reciban y espera de la resolución del Tribunal Electoral. Si le quieren llamar suspendido, le pueden decir suspendido", solamente en este tema.

Colegialidad del INE, “garantizada”


Igualmente, la consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala, aseguró que la colegialidad en el instituto “está garantizada”, aunque tenga mayores facultades que le otorgó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), las cuales le dan el poder de nombrar a los directores, titulares y coordinadores sin el consenso de los otros 10 consejeros.

Señaló que estas atribuciones que le dieron estas reformas a la ley secundaria son “meramente administrativas”, todo lo demás, puntualizó, se decidirá de manera colegiada, por lo que insistió que no se pierde la decisión del Consejo General.

En conferencia de prensa, Taddei Zavala exhortó al resto de sus pares a mantener “la prudencia”, pues la colegialidad y la búsqueda de acuerdos será “permanente”.

“No es prudente ni correcto que haya intromisión en las competencias y así deberá seguir siendo. Las comisiones no toman decisiones definitorias y no hay invasión de competencias”, afirmó ante los cuestionamientos sobre estas nuevas atribuciones.

La consejera subrayó que desconocía los cambios en la LGIPE que le dieron más atribuciones administrativas, por lo que no se trata de una negociación previa con senadores de Morena y descartó que con ella aplique la famosa frase del ex presidente Andrés Manuel López Obrador de “amor con amor se paga”.

Finalmente, el Instituto Nacional Electoral (INE) está en “pausa” a la espera del resultado de las distintas impugnaciones a la reforma judicial. Además, en el análisis preliminar de las leyes secundarias y la convocatoria, los consejeros han encontrado contradicciones para poner en marcha la elección de juzgadores, en especial de la forma en cómo llevar a una boleta las más de 800 postulaciones.

“Estamos viendo que el decreto dice una cosa, la (ley secundaria) otra, la convocatoria dice otra, entonces obviamente estamos en este proceso de análisis, y hasta que nos digan formalmente si podemos continuar con los trabajos o no lo estaremos haciendo”, dijo Norma de la Cruz, integrante de la comisión especial para la organización de la elección de ministros, magistrados y jueces.

Señaló que “efectivamente hay una serie de suspensiones, de amparo, un juicio electoral; estamos esperando que la Sala Superior (del Tribunal Electoral) resuelva y se defina todo este nivel de competencias”.

Los consejeros Jorge Montaño, presidente de la comisión en referencia, y Carla Humphrey se manifestaron en términos similares, en el sentido de esperar a la resolución de las suspensiones provisionales, así como de la sentencia de la Sala Superior, respecto al juicio electoral. Al mismo tiempo, los asuntos electorales no pueden ser sometidos a la dinámica de los amparos, asunto que deben resolver los distintos jueces.

Más allá de los procesos, De la Cruz hizo énfasis en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría incluso invalidar todo el cambio.

“Si bien es cierto, la Sala Superior (del tribunal electoral) nos puede decir mañana una cosa, igual la Suprema Corte te dice en los siguientes días que todo el proceso no es válido y ninguno de los actos anteriores son válidos. Por eso tenemos que esperar”, dijo.

"Nosotros seguimos a la espera”, subrayó.

En este análisis preliminar, la consejera lamentó que se adjudique al INE definiciones que no le correspondería, por ejemplo, definir la geografía electoral para la elección de juzgadores.

Adicionalmente hay que definir puntos específicos como el voto de los mexicanos en el exterior que para las elecciones ordinarias son válidos por la vía electrónica, postal y presencial por internet, mientras que en esta reforma serían solo votos testimoniales.

 

A fondo

15 de septiembre de 2024 fue publicada la Reforma Judicial en el DOF

 

De incumplir

3 a nueve años de prisión

50 a 500 días, de multa

3 a 9 años de destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo o empleo público

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