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Piden ministros igualdad para mujeres en procesos electorales

Copia de 5.
Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ana Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán solicitaron igualdad de circunstancias en los próximos procesos electorales para la gubernatura del estado de Oaxaca en materia de equidad de género, a fin de garantizar un periodo completo de gobierno para mujeres en la entidad.

En sesión ordinaria para analizar las Acciones de Constitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional y Unidad Popular en demanda de la invalidez del artículo 25, fracción I de la base A, de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, cuya resolución fue pospuesta para el próximo jueves, la ministra ponente Ana Margarita Ríos Farjat afirmó que esta reforma representa el riesgo de que la primera gobernadora de Oaxaca solamente dure dos años, en lugar del período ordinario de seis años en este encargo.

“Este planteamiento lo sustenta en la existencia de un mandato de alternancia de género por período electivo, es decir, que como en este momento el gobernador es un hombre, en la siguiente elección pues debe corresponderse a una mujer”.

Reconoció que, al menos en este momento, no hay ningún elemento normativo del que se desprenda una obligación de aplicabilidad del principio de paridad con relación a la gubernatura en el 2028, de que ahí pues que se elija una mujer en acatamiento a la regla de la alternancia.

“Ni la Constitución local ni la legislación electoral del estado lo exigen, tampoco hay algún acuerdo del Instituto Nacional Electoral o sentencia de alguna autoridad jurisdiccional en materia electoral con ese alcance. Es por eso que, en estricto sentido, no advierto un contraste que me permita sostener la inconstitucionalidad del decreto impugnado y de ahí la propuesta de reconocimiento de validez; sin embargo, no puedo dejar de reflexionar que de facto sí existe un riesgo de que una mujer sea la que resienta los efectos de esta reforma. Quien gobierna en este momento en Oaxaca es un hombre, por lo que, de instrumentarse la alternancia, la que sigue sería mujer, quien solo tendría un período de dos años para que en 2030 se elija de nuevo a un varón, que sí se desempeñaría por un período completo de seis años”.

Destacó que este escenario es el que le parece preocupante y desalentador en los términos de la tutela de los derechos de participación política de las mujeres, pues para que una mujer gobierne dicho estado por un período completo habría que esperar hasta el año 2036, como señala la consulta.

“De momento desconocemos la manera en cómo se instrumentará la paridad en las próximas elecciones, por lo que incluso es posible que las autoridades electorales locales asuman su responsabilidad y eviten que se materialice una situación como la que estoy mencionando. No obstante, quisiera someter al pleno la posibilidad de que en nuestra decisión plasmemos algunas sugerencias en términos constitucionales, por ejemplo, el proyecto ya establece que, si en el 2028 se elige a una mujer, que, en realidad, nada impediría que una persona de ese mismo género repita en el encargo para 2030”.

Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayan manifestó que desde luego coincide que es una libertad de configuración la que tienen las legislaturas locales para determinar cuándo deben armonizar o no armonizar sus elecciones a las federales, lo curioso es que en esta, a pesar de tener conocimiento de que por virtud de sentencias en el siguiente caso tendrá que privilegiarse la paridad de género, es precisamente en esta la que aplicará el ajuste correspondiente, “todo lo cual (insisto) me llevaría al análisis de esto bajo la figura de la clasificación sospechosa y esto es, precisamente, lo que lleva a este escrutinio para determinar que esta armonización, por más que pudiera obedecer a un buen fin, coincide desafortunadamente con lo que ya se ordenó y esto llevaría, como conclusión, a entender que el proceso en que las candidatas serán precisamente mujeres, es cuando se vio disminuido para reducirse simple y sencillamente a dos años, para lo cual, entonces, no se cumple con el postulado constitucional de que la paridad de género debe ser una realidad, y esta debe darse siempre en igualdad de condiciones”.

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