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Respalda director general del INPI reforma de AMLO a la Ley Minera

Foto(s): Cortesía
Octavio Vélez Ascencio

El director general del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes reconoció y manifestó su apoyo en todos sus términos a la iniciativa de reforma a la Ley Minera y otras leyes secundarias propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ante el Congreso de la Unión.

 “Ya que tiene como uno de sus fundamentos esenciales el respeto cabal a los derechos de los pueblos indígenas establecidos en la legislación nacional e internacional en la materia”, anotó.

El funcionario sostuvo que uno de los graves problemas presentes en amplias regiones indígenas de México constituye la expedición de numerosas concesiones mineras en abierta violación a los derechos humanos de los pueblos indígenas, en particular, a su derecho a la tierra, territorio y recursos naturales, así como el consentimiento y la consulta libre, previa e informada.

“Y es que la iniciativa de reforma presentada al legislativo, busca resarcir los agravios cometidos a los pueblos y comunidades indígenas en la ley de 1992, que abrió la puerta a los despojos territoriales y al saqueo de recursos naturales”, agregó.

Además, subrayó que la propuesta del presidente López Obrador cobra especial relevancia, pues da solución a uno de los graves problemas en el país y pone los cimientos normativos e institucionales para hacer justicia a los pueblos indígenas, elemento esencial en el actual proceso de transformación nacional.

“La reforma a la Ley Minera propuesta por el Ejecutivo, servirá para solucionar muchos problemas causados por la legislación neoliberal en la materia y evitará injusticias y daños al medio ambiente de los territorios indígenas en el futuro”, aseveró.

 La reforma

El artículo seis párrafo sexto de la iniciativa presidencial, propone el derecho a la consulta previa, libre e informada, culturalmente adecuada y de buena fe, antes de convocar a un concurso para el otorgamiento de una concesión minera en territorios indígenas o afromexicanos.

A su vez, la propuesta para adicionar la fracción XXI del artículo siete, que regula las atribuciones de la Secretaría de Economía, pretende que dicha dependencia respete el derecho a la consulta antes señalado, para lo cual deberá coordinarse con la autoridad competente, en este caso, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Del mismo modo, el artículo 10 párrafo primero, reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas, a que se les otorguen concesiones mineras para la explotación de minerales diversos, así como a las salinas marinas naturales o artificiales, con excepción del litio y demás minerales declarados como estratégicos por el Estado.

Mientras tanto, el artículo 14, fracción IX propone respetar y no concesionar áreas naturales protegidas, ubicadas principalmente en regiones indígenas, pues su protección implica el respeto a los derechos territoriales de los mismos, así como de sus culturas, lugares sagrados y rutas de peregrinación.

Del mismo modo, el artículo 39 dispone que las concesionarias o asignatarias deben respetar los derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, en actividades de exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de minerales y otras sustancias.

La iniciativa de reforma en el artículo 55, fracción VII, propone sancionar con la cancelación de las concesiones mineras cuando se realicen obras y trabajos sin contar con las autorizaciones previas de las autoridades competentes, en materia de consulta indígena o afromexicana.

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