Oaxaca no tiene los problemas de inseguridad que se presentan en Michoacán o Guerrero porque la justicia indígena funciona y es eficaz; los pueblos y comunidades indígenas oaxaqueñas históricamente han aplicado la justicia propia para resolver sus conflictos, lo que contribuye a la paz y seguridad del estado, afirma el magistrado presidente de la Sala de Justicia Indígena y Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, Luis Enrique Cordero Aguilar.
Lamenta que aún hoy se denigren, desprecien y discriminen otras formas de hacer justicia, “por eso la Sala de Justicia Indígena lo que está haciendo es construir la legitimación moral y política de las justicias indígenas, porque la constitucional ya la tiene”.
Entrevistado en el contexto del séptimo aniversario de la sala que preside, manifiesta que la función principal de la Sala de Justicia Indígena es garantizar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas de conformidad con el marco normativo internacional, constitucional y legal.
Destaca que esta sala ha colocado diversos asuntos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde han hecho valer la jurisdicción de los pueblos indígenas, es decir que se reconozca legalmente que tiene competencia para conocer sus asuntos internos a través de sus mecanismos, procedimientos, formas e instituciones.
“Es decir, su propia justicia la hemos hecho valer frente a los mandatos del Estado”.
En su oficina de Ciudad Judicial, comenta que antes el Estado descalificaba la justicia indígena, pero a raíz de la creación de la Sala de Justicia Indígena se han construido los elementos jurídicos, en base al marco normativo internacional, constitucional y legal, para justificar que la jurisdicción de los pueblos indígenas también es válida, como la justicia del Estado, porque además tiene sus procedimientos y garantizan los derechos humanos, pero desde la cultural de su pluriculturalidad, no desde la perspectiva liberal de los derechos humanos.
Reconoce como asuntos relevantes de la sala, el caso Suchixtlahuaca donde la SCJN y la Sala de Justicia Indígena crearon los argumentos para sostener que la justicia indígena es válida, que los poderes constituidos del Estado no tienen por qué discriminarla o criminalizarla. “Fue una sentencia histórica como lo reconoció el máximo tribunal del país”.
Añade que otro tiene que ver con la distribución de los recursos a los municipios, donde se estableció que los mismos también deben ser distribuidos a las comunidades indígenas, porque de acuerdo a las Ley de Pueblos Indígenas son como las agencias municipales y de policía.
Cordero Aguilar citó como un caso relevante más el de San José Xochixtlán, donde la comunidad no contaba con un Registro Federal de Contribuyentes, a pesar de ser sujetos de derecho público; esto porque la Ley Orgánica Municipal les da la categoría de autoridades auxiliares, no como sujetos de derecho. “Esta sala ha dicho que esta disposición violenta la libre determinación y autonomía de las comunidades indígenas”.
Subraya, también, que por primera vez en la historia judicial de la entidad los integrantes de la Sala Indígena acudieron a un sitio, Santiago Tlazoyaltepex, donde la comunidad sancionó un acto de corrupción de sus ex autoridades municipales, por alrededor de 12 millones de pesos, donde sus instituciones hicieron justicia e impusieron una pena de 20 años de prisión y trabajo comunitario consistente en que limpien las letrinas de la comunidad, pero si regresaban el dinero les conmutaban la pena de prisión.
Destaca que la sala giró al gobierno del estado que siga las mesas de negociación, que iniciaron en el sexenio anterior, para buscar una salía alterna al conflicto, pero también ordenó una medida cautelar a favor de los detenidos, haciendo responsables a las autoridades municipales y comunitarias de la vida, integridad física y salud de los detenidos.
“Porque la sala es respetuosa de la justicia del pueblo, pero también adquirían una responsabilidad sobre las personas que estaban detenidas, como lo es garantizar los derechos mínimos de las personas”.
Asevera que la visita en sitio es una práctica que hacen los tribunales internacionales y han recomendado a los tribunales locales que realicen estas visitas, “que no seamos tribunales de escritorio, de oficina, sino que vayamos a los lugares a conocer directamente el problema, a hablar con la gente. Esta es la primera que se realiza una visita de este tipo en el país”.
