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Esto es lo que pasa si recibes propinas y no las declaras a Hacienda

Propinas
Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera que las propinas son un ingreso legítimo de los trabajadores y por lo mismo deben pagar su correspondiente Impuesto Sobre la Renta (ISR), según el criterio 43/ISR/N de esta institución.

A su vez, según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las propinas no están sujetas a retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) por parte del empleador. Esto porque el patrón no participa en este pago, pues es una gratificación que entrega el cliente.

Asimismo, las propinas deberían ser tomadas en cuenta para el Salario Base de Cotización (SBC).

En tanto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) afirma que las propinas deben ser consideradas como una parte del salario y por lo mismo podrían sumarse a las cuotas que entrega el patrón, en su caso.

La conclusión es que aquellos trabajadores que reciben propinas deben incluirlas en sus declaraciones del ISR para evitar problemas ante Hacienda. Sin embargo, este ingreso no genera Impuesto al Valor Agregado.

 

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