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Castiga TEEO a Edil de Quieri por violencia política en razón de género

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Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

Citlalli López

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró la pérdida de la presunción de tener un modo honesto de vivir del presidente municipal de Santa Catalina Quierí, Timoteo Valencia Vásquez por haber reincidido en violencia política en razón de género en contra de Anaberta Caballero Herreta, Regidora Suplente de Equidad de Género.

Con esta medida, Timoteo Valencia no podrá contender, al menos en el próximo proceso electoral, por un cargo de elección popular.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos, identificado con la clave JDCI/53/2021, por unanimidad las y los magistrados determinaron que el edil de Santa Catalina Quierí realizó acciones que vulneraron el derecho político de Caballero Herreta.

La regidora denunció coacción para efecto de que firmara su renuncia al cargo, que fue obligada a firmar documentos de los cuales desconocía su contenido por no saber leer ni escribir, y que el edil dejó de pagarle las dietas a las que tiene derecho. El denunciado no pudo probar que fueran falsos los señalamientos.

El órgano jurisdiccional dijo tener la certeza de que el reiterado actuar del presidente municipal, atiene a una especie de represalia en contra de la actora, al haber ejercido previamente su derecho de defensa en contra de los actos de violencia desplegados por el concejal en cita.

Anteriormente, mediante Juicio de la Ciudadanía número JDCI/61/2020, el Tribunal Estatal Electoral del Oaxaca tuvo probada la responsabilidad de Timoteo Valencia Vásquez, por ejercer violencia política de género en contra de la misma regidora.

 De acuerdo con el TEEO el edil incurrió en violencia cuando ella hizo uso de su derecho a la salud reproductiva al decidir ser madre, lo cual fue utilizado por el edil en cita, para afectar los derechos político electorales de la impetrante, al intentar destituirla del cargo y dejar de pagarle las dietas a que tenía derecho.

En consecuencia la sentencia ordenó dar continuidad a las medidas cautelares dictadas en favor de la actora y la implementación de diversas medidas de reparación integral.

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