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¿Sabías que youtubers, influencers y tiktokers deben pagar impuestos?

Impuestos por plataformas
Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

Israel García Reyes

Recientemente el SAT dio a conocer que contribuyentes como bloggers en youtube, tiktokers e influencers que reciben pagos por medio de plataformas deberán pagar impuestos, además de reportar sus ingresos por contratos de publicidad que suelen manejar.

Pese a que la mayoría de los pagos por publicidad o de las plataformas digitales se realizan mediante pago a una cuenta bancaria , estos ingresos son fiscalizables, así que si no los reportas, el SAT te puede citar para comprobar la proveniencia de tu dinero y tendrás que pagar los impuestos, además de recargos indeseables.

Régimen para inscribirse en el SAT

En el caso de ser blogger o tiktoker y que recibas dinero por medio de una plataforma digital, necesitas darte de alta bajo el régimen de los ingresos por medio de plataformas tecnológicas, además, los dueños de las plataformas tecnológicas están obligados a retenerte un porcentaje de ISR (Impuesto sobre la renta) sobre tus ingresos y otro porcentaje del IVA respecto de los ingresos que percibes.

A su vez, si tus ingresos (salarios e intereses) en el año son menores a $300,000.00 pesos, podrás considerar dichas retenciones como pago definitivo, en caso contrario deberás presentar declaraciones mensuales donde podrás acreditar los impuestos retenidos por la plataforma.

A su vez, en el caso de tener ingresos por publicidad, se recomienda que los declares por medio del RIF (Régimen de Incorporación Fiscal), esto quiere decir que puedes pertenecer a dos regímenes al mismo tiempo.

A través del RIF debes declarar de manera bimestralmente tus ingresos y egresos realizados en ese periodo, cuyas declaraciones se hacen en el portal del SAT. De este modo lo que tienes que hacer es:

Ingresar como usuario y con tu contraseña
Ve a la sección Mis Cuentas
Elige “Mis declaraciones”

De este modo pagarás el ISR de tus ingresos y el IVA cobrado a tus clientes por publicidad, respectivamente.

En este régimen durante el primer año no pagas ISR y en años posteriores irás pagando un 10% más cada año. En el caso del IVA, si tienes operaciones con Público en General, de igual manera no pagarás este impuesto durante el primer año e irás pagando un 10% más con cada año que transcurra.

Es mejor que acudas con un contador que te asesore sobre qué pasos seguir.

Respecto de OnlyFans los ingresos que obtienen los creadores de contenido provienen directamente de las cuotas mensuales que pagan los suscriptores.

Si abres una cuenta de OnlyFans, aunque tú estableces el precio que deben pagar tus seguidores de suscripción tras verificar tu cuenta, este dinero no llegará completo a tus manos, solo recibirás el 80% de tus ganancias, mientras que el 20% restante se lo quedará OnlyFans para “cubrir pagos por referencia, procesamiento de pagos, alojamiento, soporte y todos los demás servicios”.

A su vez, dado que tus pagos de OnlyFans se realizarán a tu cuenta bancaria, estos ingresos al no ser de una nómina se consideran fiscalizables para el SAT, es decir, que debes comprobar el origen de tus depósitos y declarar los impuestos.

En tanto, los tiktokers y youtubers, al recibir dinero de una plataforma digital, tienen que darse de alta en el SAT bajo el régimen de ingresos por medio de plataformas.

FOTO: 20Minutos

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