Según el Acuerdo 23/08/21 publicado hoy viernes 20 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), quienes decidan no enviar a sus hijos o pupilos a las clases presenciales para el próximo ciclo escolar 2021-2022 deberán inscribirlos o reinscribirlos en el nivel y grado educativo correspondiente.
En caso de que decidan incorporarlos a las clases presenciales se les realizará una valoración diagnóstica para saber su nivel de aprovechamiento escolar, de conformidad con las normas de control escolar que emita la Secretaría de Educación Pública (SEP) en breve.
En tanto, las autoridades locales o la autoridad educativa federal en la Ciudad de México reportarán el número de educandos registrados en esta modalidad para revisar el grado de población que está bajo este esquema educativo.
Dichas autoridades, junto con los asesores técnicos y pedagogos podrán, dentro de sus posibilidades, dar seguimiento y atención a quienes no acudan a clases presenciales, priorizando a los de alta y muy alta marginación, que asisten a escuelas indígenas, de educación especial, telesecundarias, telebachillerato o centros educativos del Conafe, respectivamente.
En este caso se establecerá un plan de trabajo individualizado y se brindarán materiales, orientaciones, ejercicios, actividades y todo aqueloo que incentive a los educandos en su progreso y tránsito al Sistema Educativo Nacional establecido.
Asimismo, se acompañará a niñas, niños, adolescentes y jóvenes, incluyendo indígenas, jornaleros, agrícolas, migrantes, afrodescendientes y de educación especial que se hayan visto afectados en la continuidad de su educación en el anterior ciclo escolar.
El acuerdo subraya finalmente:
“En ningún caso podrá frenarse el tránsito educativo de grado o nivel en educación básica respecto de aquellos educandos que cursaron el ciclo escolar 2020-2021 al 2021-2022”.
