El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó 91 sustituciones de candidaturas a diputaciones locales y concejalías a los ayuntamientos, para este proceso electoral, entre ellas la de Dante Montaño Montero, actual presidente municipal de Santa Lucía del Camino, quien impuso a su hermano Doineth como candidato a presidente municipal por el Partido del Trabajo (PT).
Del total de sustituciones, cuatro corresponden a personas que excedían el periodo constitucional de reelección o elección consecutiva y dos que sustituyen a quienes se les negó la candidatura por haber ejercido violencia política contra las mujeres en razón de género.
El órgano electoral declaró procedente otorgar el registro a José Ángel Carrasco Morales, candidato a primer concejal propietario del municipio de El Barrio de la Soledad, postulado por la Coalición “Va por Oaxaca”, lo anterior dado que no excede el periodo constitucional para que una persona pueda ser reelecta o participe mediante la reelección o la elección consecutiva.
Más reveses
En el caso de la postulación del partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el municipio de Villa de Etla, luego del análisis del caso específico, se declaró como no procedente el registro de Felipe Arturo Bautista Cruz, dado que excede el periodo constitucional para que una persona pueda ser reelecta o participe mediante la elección consecutiva.
Por su parte, tampoco procedieron los registros de las postulaciones de los partidos: Nueva Alianza Oaxaca a la primera concejalía propietario del municipio de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo; Fuerza por México, en las posiciones cuarto propietario y quinta propietaria en el municipio de Chahuites, así como la primera concejalía en Santa Lucía del Camino; Verde Ecologista, a la primera concejalía en el municipio de Salina Cruz.
Respecto a las sustituciones o acreditaciones referentes a las personas que incumplieron, en su caso, con el periodo constitucional establecido para la reelección o elección consecutiva, el IEEPCO señaló que, de acuerdo con los lineamientos en materia de reelección, el derecho de una servidora o servidor público a ser postulado para el mismo cargo que hubiese ejercido dentro de un ayuntamiento no podrá exceder de dos periodos constitucionales; en caso de que una persona decida ser postulada de manera consecutiva dentro del mismo ayuntamiento en un cargo distinto en el que fungió, le será aplicable la restricción de no exceder de un periodo constitucional inmediato adicional.
91 sustituciones de candidaturas a diputaciones locales y concejalías a los ayuntamientos aprobó el IEEPCO.
