La Comisión Permanente de Movilidad, Comunicaciones y Transporte de la 64 Legislatura aprobó el dictamen la creación del organismo público descentralizado Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano Citybus Oaxaca.
De acuerdo al dictamen, que deberá ser analizado, discutido y, en su caso, aprobado en el siguiente periodo ordinario del Congreso, corresponde al Sistema Citybus prestar el servicio de forma directa, para satisfacer las necesidades del servicio de transporte de una manera eficiente y segura, en las particularidades que dicte el interés público, pudiendo convenir con terceros su participación de conformidad con la ley de movilidad, el reglamento respectivo y las disposiciones legales vigentes.
Además, establece que el gobernador del estado y el Sistema Citybus tienen la calidad de autoridades en materia de movilidad, su competencia se establece en la ley de movilidad y de acuerdo a los alcances que se especifican en la misma, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y en las demás disposiciones legales aplicables.
En este sentido corresponderá al Sistema Citybus planear, administrar, superar, operar y controlar el Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano Citybus Oaxaca, como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Así como satisfacer la necesidad de un transporte colectivo en la zona metropolitana de Oaxaca, con los estándares más altos en calidad, eficiencia, seguridad, sustentabilidad y las medidas respectivas para proteger la salud.
Servicio de transporte
Además de elaborar estudios de factibilidad y proyectos ejecutivos para la mejora del sistema garantizando una movilidad segura y eficiente; establecer de acuerdo a su competencia las normas, políticas, criterios y procedimientos de carácter técnico legal que deban regir la operación del sistema y del sistema del control de flota y de recaudo; y administrar los ingresos propios de conformidad con los ordenamientos legales aplicables, así como los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos del Estado; deberá remitir en los plazos que fije la Secretaría de Finanzas, la información que corresponda para la debida integración de los informes de Avances de Gestión Financiera y Cuenta Pública del estado.
También deberá diseñar, planear y ejecutar la infraestructura especializada y el equipamiento necesario para el mejoramiento necesario del Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano Citybus Oaxaca, así como las adecuaciones que resulten para su óptimo funcionamiento; establecer los criterios de coordinación interinstitucional con la dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal; y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de su objeto con autoridades federales, estatales y municipales, así como con terceros y entidades financieras.
Manifiesta que corresponde al Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano Citybus Oaxaca prestar el servicio de transporte en forma directa.
Los concesionarios del servicio de transporte colectivo pueden prestar dicho servicio a través del Sistema Citybus, quienes no perderán su calidad y serán beneficiados de la renovación de sus concesiones de manera directa, mientras permanezcan prestando dicho servicio en el sistema; esta modalidad de prestación del servicio público será regulada por el reglamento respectivo.
Sistema Citybus
Corresponderá al Sistema Citybus planear, administrar, superar, operar y controlar el Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano Citybus Oaxaca, como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.

