Este año los trabajadores gozaran de 9 días de descanso obligatorio de conformidad con la Ley Federal del Trabajo (LFT) y los estudiantes de nivel básico de 13 días de suspensión de actividades, de acuerdo al calendario escolar.
De acuerdo con la LFT, los días de descanso obligatorio son:
Viernes 1 de enero: Por festividades de inicio de año.
Lunes 1 de febrero: Por el Día de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
Lunes 15 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
Sábado 1 de mayo: Conmemoración del Día del trabajo.
Jueves 16 de septiembre: Conmemoración del Día de la Independencia de México.
Lunes 15 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
Sábado 25 de diciembre: Por festejos de Navidad.
Además, de acuerdo con el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para el periodo escolar 2020-2021, se suspenderán labores los días:
Viernes 1 de enero: Inicio de Año.
Miércoles 6 de enero: Día de los Reyes Magos.
Jueves 7 de enero: Consejo técnico escolar.
Viernes 8 de enero: Consejo técnico escolar.
Lunes 1 de febrero: Por el Día de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
Viernes 19 de febrero: Consejo técnico escolar.
Lunes 15 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
Lunes 12 de abril: Consejo técnico escolar.
Miércoles 5 de mayo: Aniversario de la Batalla de Puebla.
Viernes 21 de mayo: Consejo técnico escolar.
Viernes 25 de junio: Consejo técnico escolar.
En tanto los periodos vacacionales otorgados por la SEP para el periodo escolar 2021.2022 serán: del lunes 21 de diciembre al miércoles 5 de enero (16 días), por fin de año y festividades navideñas.
Así como del lunes 29 de marzo al viernes 9 de abril (12 días), del periodo de Semana Santa.
El lunes 9 de julio fin de curso e inicio de receso de clases. Periodo vacacional de verano.
Cabe subrayar que la pandemia de Covid-19 provocó desde marzo del 2020 el paro de las actividades no esenciales, por ello algunos patrones optaron por que los trabajadores que pudieran llevarán a cabo sus labores desde sus hogares.
Sin embargo pese a que los trabajadores laboran desde sus casas las leyes laborales continúan vigentes.
