La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió dejar sin efecto la orden dada por el tribunal electoral local a la Secretaría General de Gobierno estatal, para que interviniera en la solución de un conflicto respecto a la pavimentación de una ruta carretera en el municipio de Santiago Textitlán.
Además, confirmó la violencia política por razón de género en el caso de la regidora de ecología Catalina Vásquez Marcos.
La Sala Xalapa no consideró fundada la supuesta omisión de la Segego de intervenir en la solución del conflicto, el cual no es materia electoral, pues constituye un acto administrativo federal, ya que la autoridad competente para resolver el conflicto es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
También declaró inoperante la acreditación de suplentes de los regidores de hacienda, síndico municipal, regidora de ecología y secretario municipal, Esteban García Salinas, Wilfrido Morales Cruz, Catalina Vásquez Marcos y Rigoberto Vásquez Morales, respectivamente, al depender de que resultara correcta la sustitución de los concejales propietarios, quienes dejaron de asistir a las sesiones de Cabildo en protesta por el retraso en la pavimentación de una ruta carretera.
La resolución del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca ordena al presidente municipal de Santiago Textitlán, Félix Vásquez Cruz, pagar a los actores de los juicios JDCI/51/2020, JDCI/52/2020, JDCI/53/2020 y JDCI/54/2020, las cantidades que tienen derecho por concepto de dietas y/o remuneraciones adeudadas.
Asimismo, como medidas cautelares y medida de no repetición se vinculó a la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña para implementar un taller o curso de capacitación o sensibilización sobre violencia política por razón de género.
También deja sin efecto todos y cada uno de los actos realizados por la Comisión Permanente de Gobernación y Asuntos Agrarios de la legislatura local dentro del expediente 516/2020.
